Henry Arbildo Arévalo, de la Dirección Regional de Energía y Minas, manifestó que obtener la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) no determina que se pueda edificar un grifo, si el municipio no aprueba su ejecución.

“Con la resolución que emitimos no quiere decir que el administrado vaya a construir, también tiene que ver el municipio y tiene toda la potestad de decir que no puede ser construido, así tenga la resolución aprobada o haya tramitado en Osinergmin”, señaló.

Se refirió al caso de la empresa Servibel, quien presentó su expediente ambiental para ser evaluado y no consideró que la zona donde se realizaban los trabajos es una urbanización, por lo que la comuna de Maynas se opuso a que el proyecto se lleve a cabo.

“Si el administrado tiene el permiso del municipio, pero si se lo negaron no tienen por qué presentar su evaluación, porque no tiene sentido […] Únicamente solicitamos el certificado de zonificación para edificaciones rurales”, precisó.

Cabe informar que el trámite para obtener la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), tiene un costo de 100 soles para evaluación y 112 soles para la respectiva inspección ocular. Este proceso demanda 30 días hábiles.