Dice doctor Atarama por el caso de violaciones en las comunidades nativas
El doctor Aldo Atarama Lonzoy habla sobre la controversia existente con relación a que sea la justicia ordinaria u occidental la que procese y castigue a los nativos en los caso de violación, dijo: Del 25 al 27 de octubre se realizó en Lima el noveno congreso de justicia intercultural a nivel internacional que viene realizando el Poder Judicial, en este congreso asistieron magistrados de toda la república, y por primera vez se incorporó el tema de los derechos de los afroperuanos o negros en el Perú, que no son originarios de América y llegaron del África como esclavos.
Lo valioso e importante es que el Poder Judicial retomamos el tema de los pueblos originarios según el convenio 169 y dentro de eso están los afroperuanos y en Loreto no hay esas comunidades.
En el caso concreto de la justicia intercultural se viene discutiendo desde hace algunos años en el interior del Poder Judicial y en los medios jurídicos y académicos, cuales son los límites de la administración de justicia de los pueblos originarios. El artículo 149 de la Constitución Política no pone ningún límite y habla de las CCNN y campesinas administran su propia justicia. Es ahí donde vienen las interpretaciones y; por supuesto las opiniones que son respetables y dicen que deben administrar justicia, pero no sobretodo sino sobre determinada cosa, la otra posición es la que dice que las CCNN y campesinas no tiene límite para administrar justicia y lo único que dice la Constitución es que se haya cometido un acto ilegal o un acto jurídico dentro de sus territorio.
Hay realidades concretas que tienen que enfrentar los indígenas, dentro de ellos está sobre la libertad sexual , sin embargo acaba de salir la ley sobre violencia familiar y en esta ley está reconociendo que las CC y CCNN y las rondas campesinas administren justicia sobre violencia familiar y por otro lado está una resolución que ha emitido el Tribunal Constitucional que lamentablemente es la menos elaborada y ha señalado un grupo de delitos.
Nosotros somos claros que los pueblos originarios deben administrar justicia porque no hay ninguna ley que los prohíba y esa interpretación que ha hecho el TC es negativa, pues se antepone a pactos internacionales suscritos por el Perú e incluso a sentencias emitidas por la Corte Internacional de Derechos Humanos que ameritaría que el Perú sea sancionado, por lo que esperamos que no ocurra eso,.
Creo que el Tribunal Constitucional debe revisar el tema, pero para hablar de las comunidades nativas y campesinas hay que conocerlas y sino las conocemos y seguimos pensando que son ignorantes o indios vamos a seguir cometiendo errores. Los pueblos originarios y de manera especial los de la selva tiene un derecho propio y también tienen conflictos internos que deben ser solucionados, y la justicia que ellos hacen es más rápida, más efectiva, menos cara y se hace dentro del breve plazo y sobretodo se repara el daño; mientras que en el mundo occidental estamos pensando meter a la gente a la cárcel y nos olvidamos de la víctima y en el caso de los nativos y afroperuanos se devuelve lo que se dañó
El Poder Judicial ha hecho investigaciones sobre varias comunidades y se comprobó que administran justicia de diferente manera, y que aceptan sus resoluciones rápidas, eficaces y de una administración de justicia eficiente. Eso es lo que falta a la justicia occidental donde todo está escrito y la gente deja de creer en esta administración precisamente porque no se da la celeridad que se requiere, y en las universidades solo se aplica lo que dice la ley, el DS y otros y; no se resuelve los conflictos rápidamente.
La administración de justicia es originaria y haya que revalorarla y la justicia occidental no es mejor que la originaria porque no la conocemos. Ellos resuelven diariamente muchos conflictos que ya no llegan al Poder judicial.