El Poder Ejecutivo observó la ley que modifica el decreto legislativo 1100, el cual regula las acciones de interdicción de minería ilegal. El texto sustitutorio de la iniciativa legislativa, impulsada por el congresista de Alianza para el Progreso (APP) por Madre de Dios, Eduardo Salhuana, fue aprobada en el Pleno del Congreso de la República, en primera votación, el pasado 25 de mayo. 

En esa oportunidad, la ahora observada norma obtuvo 84 votos a favor, siete en contra y 11 abstenciones. Asimismo, logró ser exonerada de la segunda votación. De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 79 del Reglamento del Congreso, el Ejecutivo tiene un plazo de 15 días hábiles para observar una parte o toda la autógrafa de ley que le fue enviada.

Esa fecha límite vencía este 28 de junio. El Congreso aun puede aprobar por insistencia dicha ley. La propuesta del congresista Salhuana pretendía modificar los apartados 7.1 y 7.2, del artículo 7, del decreto legislativo 1100. De ese modo, buscaba que durante la labor de interdicción ya no se destruya la maquinaria de los campamentos ilegales que, por sus características o situación resulte inviable su decomiso.

En lugar de ello, establecía que el gobierno nacional, a través del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), asigne los equipos a los gobiernos locales y regionales de la zona donde se realice el operativo.

Lee la nota completa aquí o visita Inforegion, integrante de la Red de Medios Regionales del Perú.