OSIPTEL TOMA MÁS ACCIONES:
Desde el 23 de octubre, las empresas operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación de informar a sus abonados, por requerimiento del OSIPTEL, detalles sobre sus derechos, características o limitaciones de los servicios, tal cual lo establece la norma que modifica el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones publicada ayer en el Diario oficial El Peruano.
De acuerdo con este dispositivo, el OSIPTEL determinará el contenido, medio de difusión, forma y plazos en los que las empresas operadoras deberán brindar la información. La misma norma señala que los mensajes estarán referidos a las obligaciones de las empresas operadoras, los derechos de los abonados y usuarios, las características del servicio y otros aspectos relacionados con la prestación y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones.
“Antes de la tercera semana de cada mes, el regulador enviará a las operadoras el mensaje que será comunicado a los usuarios a través de mensajes de Texto – SMS, locuciones automáticas, página web u otras vías en un plazo que no será menor a cinco (5) días hábiles. Las empresas que incumplan la medida serán sancionadas con una multa grave que varía de 51 a 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, de 211,650 a 622,500 soles”, indicó el Jefe de la Oficina Desconcentrada de OSIPTEL Loreto, Jorge Arrué Flores.
Se debe considerar que apenas el 38.47% de la población conoce sus derechos básicos en telecomunicaciones, según la encuesta “Nivel de satisfacción del usuario de Telecomunicaciones y Nivel de conocimiento de los derechos y obligaciones de los servicios públicos de Telecomunicaciones” que realizó el OSIPTEL en 2017.