SUNEDU ya lo había señalado el 2017

Un comunicado de la SUNEDU emitido en mayo del 2017 señalaba que la Universidad Particular de Iquitos no existe como tal. Sin embargo, el médico Belarmino Vela persiste en nominarse como presidente de la ACOP y rector de la llamada UPI. Aquí el comunicado que reproducimos para conocimiento de nuestros lectores.


La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) advierte a estudiantes, padres de familia y a la opinión pública en general lo siguiente:

  1. La autodenominada ‘Universidad Particular de Iquitos (UPI)’ no existe formal ni legalmente y, por tanto, no tiene permiso para ofertar y prestar servicios de educación superior universitaria.
  2. El 30 de mayo de 1990 (a través de la Ley 25213) se creó una casa de estudios con dicha denominación que tenía como promotora a la ‘Asociación Cultural Oriente Peruano (ACOP)’.
  3. En el 2001, la extinta Asamblea Nacional de Rectores (ex ANR) encontró graves irregularidades en el manejo de la UPI y la declaró en proceso de reorganización. Como resultado de este proceso, la ex ANR determinó la separación definitiva de la ACOP del gobierno de la universidad.
  4. En el 2009, el extinto Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) aceptó la solicitud del cambio de nombre de la UPI, autorizando su nueva denominación: ‘Universidad Científica del Perú (UCP)’.
  5. Entre el 2002 y el 2003, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional han declarado infundadas las demandas que presentó la ACOP para dejar sin efecto las decisiones de la ex ANR. Pese a ello, la ACOP siguió ofertando y prestando servicios universitarios bajo el nombre de UPI.
  6. En noviembre de 2015, SUNEDU interpuso una demanda penal contra los integrantes de la ACOP, incluyendo como agraviados a 456 estudiantes.
  7. Asimismo, en octubre de 2016 se realizaron acciones de supervisión en la ciudad de Iquitos en compañía de la Policía Nacional, a los locales donde habría operado la UPI que dirige la ACOP. Como resultado de dichas acciones, se viene tramitando un procedimiento administrativo sancionador en contra de ACOP.
  8. Reiteramos que solo pueden ofertar y prestar servicios de educación universitaria aquellas instituciones que cuenten con la autorización correspondiente o con la licencia institucional aprobada por la SUNEDU.
  9. Exhortamos, una vez más, a estudiantes, padres de familia y al público en general a no dejarse sorprender por aquellos que hacen referencia a una universidad inexistente.