[Loreto debe tener 4 consejeros indígenas a partir del 2015].

 

La Resolución N.° 270-2014-JNE, que sirve para optimizar la Ley N.° 27683 (LER) y el artículo 191 de la Constitución Política del Perú que dice, en su último párrafo, que la ley establece porcentajes mínimos para hacer accesible la representación de género, comunidades campesinas y nativas, y pueblos originarios en los consejos regionales. Acción Popular en Alto Amazonas y Fuerza Loretana en Datem del Marañón pretenden burlarse de la ley electoral al querer adjudicarse cuotas de consejerías que no les corresponden y esto con el aval de los funcionarios del Jurados Electorales Especiales de Alto Amazonas y Maynas.

A través de la Resolución N.° 270-2014-JNE del uno de abril de dos mil catorce se establece la determinación del número de consejerías regionales y aplicación de las cuotas electorales para las Elecciones Regionales 2014. A partir de la mencionada Resolución del JNE, en la región Loreto se adiciona dos consejeros regionales, es decir que a partir de la gestión 2015 tendremos 11 en vez de 9.

La presente norma específica que a las provincias de Maynas, Loreto, Alto Amazonas y Datem del Marañón les corresponde dos consejerías, una de las cuales debe ser nativa.

El considerando número 12 la Resolución N.° 270-2014-JNE dice:

En ese sentido, este órgano colegiado, sobre la base de las exigencias constitucionales e interpretativas determina el número de consejerías regionales, y sobre dicho número aplica las cuotas electorales, para lo cual, con la finalidad de establecer la “cuota de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios” para las Elecciones Regionales 2014, se regirá por las siguientes pautas:

b. Las nuevas consejerías provinciales en las cuales corresponderá establecer un mínimo de candidatos para asegurar el cumplimiento de esta cuota, serán tomadas de la propuesta remitida por el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura.

e. La propuesta remitida por el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura será utilizada para adicionar consejerías regionales destinadas a la “cuota de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios”, respecto a las previstas para las Elecciones Regionales 2010, o para redistribuir el número de consejerías en las provincias en las cuales se identifique la existencia de una sobrerrepresentación de la población indígena, en desmedro o menoscabo de la población indígena.

h. La determinación e incremento del número de consejerías regionales para las Elecciones Regionales 2014, se realiza tomando en consideración que la Ley de Elecciones Regionales (LER), al momento de regular las cuotas electorales, alude a un porcentaje mínimo, por lo que este órgano colegiado se encuentra legitimado para incrementar dicha exigencia porcentual en las regiones que estime conveniente, siempre que advierta la existencia de población indígena en las provincias de dichas regiones.

Consejeros por Alto Amazonas:

Javier Alava Florindez (MIL)

Jenry Inuma (AP) Shawi – Profesor

Consejeros por Datem del Marañón:

Miguel Angel Gutierrez Alvan (MIL)

Nelsón Kuji Chimpa (FL) Awajum – Enfermero

1 COMENTARIO

  1. LORETO DEBE SER ESTADO FEDERAL SOBERANO Y DEBE TENER SU PROPIA CONSTITUCIÓN…EL MODELO NOLIBERAL ACTUAL PERUANO ES NOCIVO PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS DEL PERÚ..LORETO ESTÁ GOBERNADO POR BANDIDOS OPORTUNISTAS..POLITIQUEROS DOMÉSTICOS APÁTRIDAS.

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