El rector de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), doctor Heiter Valderrama Freyre, firmó un convenio interinstitucional con el presidente (e) de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana del Oriente (UPO), Martin Tuesta Gómez, con el objeto de regular la continuación de la formación en educación superior universitaria de los alumnos afectados por la denegatoria de la licencia de funcionamiento de la mencionada universidad privada. Actividad que tuvo lugar en la sala de reuniones del Rectorado, el miércoles 9 de diciembre de 2020 a las 8:30 de la mañana.

LA UPO es una institución de educación superior universitaria que en el marco de la Ley Universitaria 30220 y de las normas que regulan el proceso de Licenciamiento por la Superintendencia Nacional de Educación Superior (SUNEDU), le ha sido denegado su Licenciamiento mediante Resolución del Consejo Directivo de SUNEDU N° 129-2019-SUNEDU/CD de fecha 01 de octubre de 2019.

LA UNAP, es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica, integrado por docentes, estudiantes y graduados, cuya misión, es brindar formación profesional humanística, científica y tecnológica a los estudiantes universitarios con enfoque intercultural, respeto a la biodiversidad amazónica y responsabilidad social en el marco del desarrollo sostenible. Sus funciones están establecidas en la Ley N° 30220, Ley Universitaria y al haber acreditado el cumplimiento de la Condiciones Básicas de Calidad ha obtenido el Licenciamiento Institucional según Resolución N° 012-2019-SUNEDU/CD.

El convenio tiene el objetivo reubicar a los alumnos afectados de la UPO en los programas académicos de la UNAP, mediante alguna de las modalidades de admisión establecidas en la Ley N°30220 Ley Universitaria o en las normas internas aplicables, dentro del marco del proceso progresivo y ordenado del cese de actividades de LA UPO derivado de la denegatoria de su solicitud de licenciamiento.

La UPO asume el compromiso de entregar el acervo académico, o expedientes, a los estudiantes que de manera voluntaria deseen trasladarse a la UNAP, tales como registros de notas, sílabos y demás necesarios, para que así puedan continuar sus estudios universitarios en la carrera profesional de origen, o en aquella que en la que opten continuar sus estudios.

La UPO también entregará a la UNAP copias fedateadas por su Secretario General de los planes de estudio y sílabos de los programas profesionales. Y en un plazo que no exceda de quince (15) días hábiles de requerida, los certificados de estudios de secundaria, la copia de DNI y la ficha de datos personales, incluyendo la relatividad a procesos disciplinarios concluidos o en curso, antecedentes académicos, reclamos pendientes de sus estudiantes, en caso de existir; los demás documentos que sean requeridos por la UNAP, deberán ser gestionados por los estudiantes ante la UPO (de carácter obligatorio), de acuerdo al procedimiento establecido por la Universidad.

La UNAP por su parte se compromete a realizar un Proceso de Admisión Excepcional, a favor de estudiantes de universidades con licencia denegadas en la ciudad de Iquitos, quienes se sujetarán a los reglamentos del mencionado proceso. Facilitar a los alumnos de la UPO, que se trasladen a la UNAP en aplicación del Convenio, y su inserción en la vida académica de UNAP.

La UNAP designará un coordinador que sirva de contacto para que las actividades derivadas de este convenio se realicen de forma conjunta. Se recibirá estudiantes que estén cursando los programas académicos, a partir del cuarto ciclo de estudios, y se establecerá un plan de convalidaciones de los planes de estudios correspondientes de los programas profesionales con respecto a aquellas escuelas profesionales de la UNAP, con la finalidad de dejar plenamente establecido las equivalencias de los cursos y que los alumnos de la UPO tengan predictibilidad de qué cursos podrán convalidar en caso opten por trasladarse a UNAP y en qué ciclo serán reubicados producto del traslado y la convalidación.

Finalmente se garantizará la prestación del servicio educativo cumpliendo las condiciones básicas de calidad a los estudiantes reubicados. En la firma del convenio también estuvieron la vicepresidenta de la Comisión Organizadora de la UPO, doctora Briseida Llerena Arizaga; el jefe de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales y Cooperación de la UNAP, magíster Henry Vladimir Delgado Wong; y la secretaria general de la UPO, magíster Marly Camiñas Gómez.