PNP parece desconocer este documento que ya entró en vigencia

TIV REEMPLAZA A TARJETA DE PROPIEDAD

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Algunos propietarios de vehículos que tienen la nueva Tarjeta de Identificación Vehicular, han indicado que la Policía Nacional desconoce la implementación de la nueva TIV a nivel nacional, exigiendo que los conductores les entreguen la tarjeta de propiedad (la que consigna los datos del propietario), sino son llevados a la comisaría.

Dentro de la estructura del nuevo Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, se ha previsto un Título especifico vinculado al sistema nacional de transporte terrestre, en donde consta: la regulación sobre la tarjeta de identificación vehicular, el duplicado de orden de giro para la fabricación de la placa única nacional de rodaje, la regrabación del número de motor del vehículo, el cambio voluntario de la tarjeta de identificación vehicular, la actualización del uso del vehículo, así como el cambio de placa única nacional de rodaje del vehículo.

En el caso de la nueva Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV) se ha eliminado la indicación del titular registral y su domicilio, ya que en el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC, se ha facultado a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) la determinación del contenido de la nueva Tarjeta de Identificación Vehicular. Dichas modificaciones del contenido se sustentan en que la expedición de la tarjeta permite la identificación o individualización del vehículo, más no la determinación de quien es el propietario.

Los órganos judiciales y de gobierno equívocamente consideran como propietario del vehículo a quien aparece en la tarjeta sin estimar que en los casos de transferencias de propiedad posteriores y que son inscritas en el Registro de Propiedad no se requiera la entrega de la tarjeta anterior, razón por la cual, pueden coexistir varias tarjetas del mismo vehículo con diferente indicación de titulares registrales; más aun cuando la inscripción de la transferencia de la propiedad en el Registro de la Propiedad Vehicular ni es obligatoria ni es constitutiva del derecho de propiedad.

También forman parte de las mejoras informáticas para coadyuvar a la función de calificación registral, la creación a nivel nacional de un índice detallado de autorizaciones del fabricante a favor del representante peruano, indicando el plazo de vigencia por el que se otorga, los códigos alfanuméricos del WMI, la marca del vehículo, nombre del fabricante, las facultades para delegar en terceros el ensamblaje, así como a los títulos archivados escaneados en donde constan las referidas autorizaciones.

2 COMENTARIOS

  1. O A CASO EL TIV ES EL STIKER QUE SE PEGA EN EL VEHICULO??? FAVOR MAYOR INFORMACION AL RESPECTO…GRACIAS

  2. FAVOR INFORMEN MEJOR SOBRE EL TIV….

    SI TENGO MI CARRO O MOTO CON TARJETA DE PROPIEDAD QUE ME HA ENTREGADO SUNARP QUE ES DEL TAMAÑO DE UNA TARJETA DE CREDITO, ES VALIDA O TENGO QUE CAMBIAR…

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