La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha anunciado en un comunicado que va a sancionar a Whatsapp y Facebook por el uso de datos personales de sus usuarios que hicieron sin los adecuados consentimientos tras la compra de la aplicación de mensajería por parte del gigante de las redes sociales. En concreto, la Agencia ha declarado la existencia de dos infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos, y sanciona a las empresas con sendas multas de 300.000 euros: «Una de ellas a Whatsapp, por comunicar datos a Facebook sin haber obtenido un consentimiento válido de los usuarios; y otra a Facebook por tratar esos datos para sus propios fines sin consentimiento», explica el organismo.

La compañía de mensajería Whatsapp fue adquirida por Facebook en febrero de 2014 por más de 13.800 millones de euros. En agosto de 2016, Whatsapp actualizó los términos de su servicio y la política de privacidad, introduciendo cambios, «como el hecho de compartir información de los usuarios de Whatsapp con Facebook». La aceptación de esas nuevas condiciones se impuso como obligatoria para poder hacer uso de la aplicación de mensajería, «y esa comunicación de datos personales a Facebook, que no tiene relación con las finalidades determinadas en la recogida de datos original, se realizó sin ofrecer a los usuarios una información adecuada y sin la opción de mostrar su negativa a las mismas».