División de Salud Ambiental, Defensa Civil, Comercialización y Serenazgo

Estos operativos continuaran en todo el distrito, hasta lograr llegar a todos los colegios, con el propósito de que los dueños de los quioscos brinden una mejor atención y servicio alimentario a los estudiantes; así evitar algún tipo de intoxicación o enfermedades por ingerir productos no recomendables.
Estos operativos continuaran en todo el distrito, hasta lograr llegar a todos los colegios, con el propósito de que los dueños de los quioscos brinden una mejor atención y servicio alimentario a los estudiantes; así evitar algún tipo de intoxicación o enfermedades por ingerir productos no recomendables.

 Estos operativos continuaran en todo el distrito, hasta lograr llegar a todos los colegios, con el propósito de que los dueños de los quioscos brinden una mejor atención y servicio alimentario a los estudiantes; así evitar algún tipo de intoxicación o enfermedades por ingerir productos no recomendables.

La Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, a través de la División Salud Ambiental, realizo un operático inopinado a los diferentes colegios del distrito, a fin de controlar y prevenir la venta de productos de dudosa procedencia y que no cumplen con ningún propósito nutritivo para los niños y niñas. Cabe señalar que en este operativo colaboraron las áreas de Defensa Civil, para inspeccionar que la infraestructura de los quioscos se encuentre en buen estado; la División de Comercialización, encargados de verificar el cumplimiento de los permisos de funcionamiento; y por supuesto la División de Serenazgo a fin de brindar la seguridad del caso.

Los colegios intervenidos hasta el momento son la I.E “Fe y Alegría”, ubicado a la altura del km 4.7 de la Avenida Quiñones, donde se levantaron algunas observaciones como la falta de certificado de fumigación, la falta de carnet para la manipulación de alimentos, y la falta de la indumentaria adecuada que deben usar los manipuladores de alimentos; de igual modo se inspecciono la I.E “Inka Manko Kali” donde se levantaron similares observaciones. Debido a que las observaciones expuestas no son de gravedad, solo se procedió a realizar el acta correspondiente señalando en esta la necesidad de subsanar dichas observaciones en un plazo no mayor a 05 días hábiles, de lo contrario se procederá a sancionar a los infractores.