[CASO YURIMAGUAS].

Rector Rodil Tello.
Rector Rodil Tello.

En disconformidad con los alcances de esta norma y contando con el concurso del Ilustre Colegio de Abogados de Loreto, la UNAP promovió la interposición de demanda de inconstitucionalidad contra la referida Ley n.° 29649, al considerarla lesiva hacia su autonomía universitaria y su derecho de propiedad, proceso que viene tramitándose ante el Tribunal Constitucional.

El rector de la UNAP doctor Rodil Tello Espinoza manifestó su satisfacción ante el fallo de la Corte Superior de Justicia de Loreto que suspendió la ejecución de la medida cautelar dictada por el Juzgado Mixto de Alto Amazonas-Yurimaguas, que ordenaba a la UNAP transferir en un plazo de diez días los bienes muebles e inmuebles así como el personal docente y administrativo de su sede institucional ubicada en dicha localidad a favor de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas (UNAAA).

Dijo el rector Rodil Tello “Es una justicia preliminar, tenemos que esperar que el Tribunal Constitucional se pronuncie, estamos trabajando en un Proyecto de Ley ante el Congreso de la República respecto al tema. Hacemos votos para que el Poder Judicial siga reorganizándose, siga cambiando, actuando cada vez con más ética, hay fallos que son a nuestro favor, hay fallos que no, pero así son las leyes y las sentencias se tienen que cumplir, al Poder Judicial se lo respeta”.

Este fallo lo dio el Segundo Juzgado Civil de Maynas, que tiene como juez constitucional titular al doctor Sergio del Águila Salinas. Debe recordarse que mediante Ley n.° 29649, publicada en fecha 11 de enero de 2011, el Congreso de la República creó la UNAAA, disponiendo que la misma empezará a funcionar una vez que la UNAP transfiera el personal docente y administrativo y los bienes que posee desde hace muchos años en la ciudad de Yurimaguas, donde viene funcionando la Facultad de Zootecnia y Escuelas de otras Facultades.