Ante pretendido reingreso de Inés de La Puente a la Ugel Requena
Ante el pretendido ingreso a la UGEL Requena de parte de la profesora Inés Amanda de la Puente Gonzáles mediante una medida cautelar emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Maynas, el procurador Público del Gobierno Regional de Loreto abogado Roldán Ruiz Ruiz, con fecha 18 de Octubre de 2018 ante el Juzgado Transitorio de Maynas que despacha la jueza Silvana Liselly Salazar Paz, apeló la resolución de primera instancia según el expediente No. 03058-2017-63-1903-JR-CA-02 en los seguidos por Inés Amanda de la Puente Gonzáles contra la DREL sobre nulidad de resolución de acto administrativo.
El petitorio formulado por el procurador regional dice que interpongo recurso de apelación contra la resolución No. 07 del 12 de Octubre 2018 , donde se observa que la demandada no ha logrado objetar fidedignamente las conclusiones adoptadas para la concesión de la medida cautelar en cuestión. Se advierte que ha formulado su medio impugnatorio de manera somera no habiendo rebatido los presupuestos cautelares que tiene acreditados, sin embargo, se le instauró proceso administrativo disciplinario a la directora Inés Amanda de la Puente Gonzáles por haber causado perjuicio a la institución.
En el punto 2 del petitorio dice: No se ha tenido en cuenta que dentro del proceso no existe sentencia a que favorece a la actora, es decir no es pertinente que se le otorgue la medida cautelar y se declare fundada el recurso de apelación formulada por la procuraduría.
Esta parte de la apelación es la que se debe conocer que indica en el punto 3.- La profesora Inés Amanda De La Puente Gonzáles ha sido evaluada por el Ministerio de Educación por desempeño en cargos directivos de unidades ejecutivas de gestión local y direcciones regionales de educación, en el marco de la carrera pública magisterial RM No. 712-2017-MINEDU obteniendo como resultado DESAPROBADO , es decir en caso de ser desaprobado retorna a su cargo inicial o uno equivalente de su jurisdicción.
El Ministerio de Educación con oficio No. 132 .2018. MINEDU del 30 de Julio 2018 en el marco de la evaluación de desempeño de personal directivo de UGEL y DREL, y respecto de aquel personal que no aprobó la evaluación debe de proceder a efectuar la respectiva conclusión de designación a través del sistema de administración y control de plazas, y de retorno del citado personal a su cargo docente. En su punto 2 del oficio dice: De acuerdo con el artículo 15 de la Ley No. 29994 , el MINEDU establece la política y las normas de evaluación docente y formula los indicadores e instrumentos de evaluación y en coordinación con los gobiernos regionales es responsable de diseñar , planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso , permanencia , ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad.