SUNASS publica proyecto para refacturación

Plantean modificar reglamento de calidad

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Los interesados en comentar la propuesta modificatoria podrán exponer sus motivos, a través de la página web o escribiendo al correo gpn@sunass.gob.pe, hasta el 18 de agosto del 2013.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), publicó en su página web (www.sunass.gob.pe), para comentarios y propuestas, el proyecto que modifica el artículo 88º del Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento, con el objetivo de precisar el beneficio de la refacturación por consumos atípicos.

Una refacturación por consumos atípicos se registra cuando el consumo mensual de un usuario doméstico supera el 100% del volumen de agua potable que en promedio consume e iguala o supera el valor de dos asignaciones de consumo aplicado a su sector residencial.

En estos casos, la empresa prestadora del servicio de saneamiento tiene la obligación de realizar una supervisión al predio del usuario para verificar si existen fugas al interior del domicilio. Si éstas no son visibles, el usuario se beneficia con una reducción del costo, pagando el promedio de los últimos seis meses sólo si arregla el problema que originó la fuga.

El proyecto en referencia, precisa que este beneficio sólo se otorga cada doce meses y así evitar abusos de usuarios que exigían este beneficio en menor periodo.

Actualmente, algunos usuarios interpretan que el beneficio de la refacturación por consumo atípico es por “año calendario”, dejando abierta la posibilidad de que en un ciclo de doce meses, se pueda registrar un doble beneficio.