ESCRIBE: Roger Najar Kokally, Candidato al Senado – PODEMOS PERÚ

La detención del expresidente Pedro Castillo, ocurrida el 7 de diciembre de 2022, representa una grave distorsión del Estado de Derecho en el Perú. Desde múltiples perspectivas jurídicas, políticas y constitucionales, la prisión preventiva dictada en su contra es manifiestamente ilegal y vulnera principios fundamentales del debido proceso. Lejos de garantizar una justicia imparcial, este proceso revela una instrumentalización del aparato judicial con fines políticos, en un contexto de polarización nacional.

Detención sin flagrancia ni orden judicial

Pedro Castillo fue detenido de inmediato luego de pronunciar un mensaje político transmitido en televisión, en el cual anunció la disolución del Congreso y la reorganización de instituciones. Sin embargo, no existía una orden judicial previa ni se configuró una situación de flagrancia que habilitara su captura inmediata.

El artículo 117 de la Constitución peruana establece que el Presidente solo puede ser acusado durante su mandato en cuatro casos específicos: traición a la patria, impedir elecciones, disolver el Congreso fuera de los casos permitidos y obstruir el funcionamiento de los órganos electorales. Ninguna de estas causales encajaba automáticamente con los hechos en cuestión, por lo que la detención fue arbitraria e inconstitucional.

Uso incorrecto de la figura de «rebelión»

Se ha imputado al expresidente el delito de rebelión, según el artículo 346 del Código Penal. Sin embargo, este tipo penal exige expresamente un levantamiento en armas, lo cual no se verificó en los hechos.

Pedro Castillo no organizó ninguna acción armada ni contó con respaldo militar, policial o civil armado. Por el contrario, fue inmediatamente aislado y detenido por su propia escolta. Esto demuestra que se está forzando la tipificación penal sin base objetiva, violando el principio de legalidad penal.

Violación del fuero presidencial

El fuero presidencial, reconocido por el artículo 117 de la Constitución, tiene como finalidad proteger la investidura presidencial ante ataques políticos disfrazados de acciones judiciales. Pedro Castillo seguía siendo presidente al momento de su detención, ya que la vacancia aún no había sido ejecutada ni formalizada legalmente.

Por tanto, detener a un presidente en funciones sin proceso previo ni causal habilitante constituye una grave infracción constitucional y un precedente peligroso para la institucionalidad democrática.

Aplicación retroactiva de una causal política

La figura de la “incapacidad moral permanente”, utilizada por el Congreso para declarar la vacancia, no se encuentra definida en la Constitución. Esta ambigüedad ha sido objeto de controversia y crítica por parte de juristas y organismos internacionales, que alertan sobre su uso arbitrario y con motivaciones políticas.

En el caso de Castillo, esta causal fue aplicada de manera exprés, sin procedimiento debido ni oportunidad para ejercer su defensa, lo que vulnera el principio de legalidad y el derecho al debido proceso.

Irregularidades en la sucesión presidencial

La asunción de Dina Boluarte como presidenta se dio en un contexto de alta incertidumbre jurídica y sin cumplir de manera estricta los procedimientos constitucionales. La vacancia fue votada en tiempo récord, sin respetar el derecho a la defensa ni las garantías mínimas del procedimiento parlamentario.

Además, no se alcanzaron los 104 votos que exige el Reglamento del Congreso para declarar la vacancia presidencial, obteniéndose solo 101 votos. A pesar de ello, se procedió con la destitución de Pedro Castillo y su reemplazo por Dina Boluarte, en un acto que vulnera los principios de legalidad parlamentaria y constituye una ruptura del orden constitucional.

Esto pone en cuestión la legitimidad del gobierno de Dina Boluarte y refuerza el argumento de que la detención de Pedro Castillo fue parte de un quiebre institucional dirigido desde el Congreso.

Detención como medida política, no jurídica (lawfare)

La prisión preventiva impuesta a Castillo es un caso emblemático de lawfare: el uso del sistema judicial como herramienta de persecución política. Diversas voces internacionales, como el jurista Raúl Zaffaroni, el CELAG y organismos del ALBA-TCP, han advertido que el proceso penal contra Castillo carece de imparcialidad y responde a intereses políticos internos.

Este tipo de prácticas socava la democracia al deslegitimar el rol del Poder Judicial como garante de la ley y la Constitución.

Abuso de la prisión preventiva

Pedro Castillo permanece en prisión sin condena firme ni juicio oral iniciado, lo que contradice el principio de presunción de inocencia. La prisión preventiva, según el derecho internacional y el derecho comparado, debe ser una medida excepcional y motivada, lo cual no se justifica en este caso:

  • No hay riesgo acreditado de fuga.

  • No existe obstaculización del proceso, dado que Castillo está aislado y bajo control.

  • No se ha valorado su condición de expresidente con garantías de arraigo.

Falta de control constitucional independiente

El Tribunal Constitucional y el Poder Judicial del Perú están alineados con sectores políticos adversos a Castillo, debilitando su rol como garantes del orden constitucional. Esto impide que se ejerza un control imparcial sobre los abusos cometidos en el proceso judicial y político en su contra.

Conclusión

La prisión preventiva de Pedro Castillo no solo carece de sustento jurídico sólido, sino que vulnera garantías constitucionales fundamentales. Desde la falta de flagrancia, pasando por la aplicación arbitraria del delito de rebelión, la violación del fuero presidencial y la instrumentalización política de la justicia, se evidencia un conjunto de irregularidades graves.

Pedro Castillo debería afrontar su proceso en libertad, como corresponde en un Estado de Derecho que respeta la presunción de inocencia, el debido proceso y la imparcialidad judicial. Mantenerlo encarcelado sin sentencia es sostener una injusticia, con implicancias serias para la democracia peruana.

 

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