De no depositar dicho monto se le podría cambiar su condición a la de prisión preventiva.

El hermano y la madre de Nadine también están en comparecencia restringida.
El hermano y la madre de Nadine también están en comparecencia restringida.

La comparecencia restringida. Significa no ausentarse donde uno reside ni cambiar de domicilio sin autorización judicial, firmar un cuadernillo cada 30 días, asistir a las citaciones judiciales que se le hagan y pagar la caución de S/ 50 mil en máximo 30 días. De no cumplirse este pago se le podría cambiar su condición a la de prisión preventiva si lo solicita el fiscal ante el juez.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la decisión judicial que dispone que Nadine Heredia Alarcón y Rocío del Carmen Calderón Vinatea paguen una caución de 50 mil soles en el contexto de la investigación preparatoria que se les sigue por el presunto delito de lavado de activos.

Otros investigados. La sala también respaldó la decisión del juez de primera instancia, Richard Concepción Carhuancho, al confirmar el impedimento de salida del país con comparecencia restringida a Ilán Heredia Alarcón, debido a que aún están pendientes de realizar actos de investigación que lo involucran  El colegiado, integrado por los jueces superiores César Sahuanay Calsín, Iván Quispe Aucca y Jessica León Yarango, revocó el monto de la caución de 50 mil soles inicialmente impuesta a Ilán Heredia, y la fijó en 30 mil soles, en razón del déficit argumentativo del Ministerio Público sobre la capacidad económica de este investigado.

No hubo apelación. Se confirmó el mandato de comparecencia con restricciones a Antonia Alarcón Cubas, y determinó que esta pague una caución de 20 mil soles (en vez de los 50 mil establecidos inicialmente), por considerar que el peligro procesal en el caso de esta es menor que el resto de los investigados. Cabe precisar que el 4 de julio, día de la audiencia, los abogados de Nadine Heredia y Rocío Calderón desistieron de apelar el impedimento de salida y comparecencia con restricciones dictado en su contra. En el caso del encausado Mario Julio Torres Aliaga, este desistió de apelar la comparecencia con restricciones y el monto de la caución que se le impuso en primera instancia. La sala precisó que los investigados deberán pagar el monto de la caución en un plazo de 30 días. (rpp.pe)