[Entre oriundos y marinos]:

 

Después del enfrentamiento físico entre ambos litigantes hubo una tregua que fue rota por la Marina de Guerra del Perú. Ello ocurrió  cuando los uniformados utilizaron el terreno legal para denunciar,  por el supuesto delito de usurpación de propiedad,  al morador Leoncio Flores Inuma. Este había llegado a vivir en la comunidad de Independencia y  tenía  sembríos,  había levantado una maloca y construyó una piscigranja. Los uniformados, con ese juicio, querían decir que nadie más  podía vivir en esa parcela. Ello era sinónimo de intransigencia, de autoritarismo, que saltaba por encima o por debajo del derecho ancestral. En esas circunstancias fue que apareció un documento importante que ayudó a definir el juicio.

 

El documento era un memorial firmado por los moradores de Independencia, en cuyo tenor se resaltaba las cualidades personales del denunciado, Leoncio Flores Inumna. Este había sido representante de la comunidad tanto en Iquitos como en Lima y recibía todo el apoyo de los abajo firmantes.  El documento citado, que era un aporte de la fuerza histórica de lo colectivo, de lo comunal, en un país desviado por el individualismo excluyente, fue decisivo en el rumbo que entonces tomó la justicia de ese entonces.

Los navales no litigaban solamente con un individuo sino con una comunidad que tenía sus poderosas razones, razones ancestrales, culturales y hasta jurídicas que permanecían en el anonimato. O que no eran consideradas por la defensa de los militares. Pero el memorial si tuvo mucho que ver en el veredicto de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas  al mando de la fiscal provisional Flor  de María Luyo Beltrán. El 7 de marzo del 2013 dicha fiscal emitió un extenso veredicto donde analizaba la conducta de Leoncio Flores Inumna, y decretó que la marina no debía de formalizar ni continuar investigación preparatoria contra el aludido por la presunta comisión de delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo No. 292, inciso 2 del Código Penal en agravio del Estado – Marina de Guerra del Perú.

Ello significó el fin del interés de los navales por resolver el entuerto de esas tierras en los fueros de la justicia oficial. Se impuso la conversación, el dialogo, con la reactivación de las Mesas de Trabajo que fueron creadas, por resolución ministerial, el 6 de noviembre del 2012. Eran reuniones de representantes de la Marina y de las 4 Comunidades: Santo Tomás, Santa Clotilde, El Milagro e Independencia. La mayoría de las veces esas citas se realizaron en la Sala de Conferencias de la Jefatura  del Distrito de Capitanías  No. 5. También esas mesas de trabajo realizaron labores de campo para definir los límites de cada comunidad. Luego se hicieron los planos a escala  de cada una de ellas.

Lo que hay que resaltar de esas reuniones es el espíritu de concordia, de acuerdo, que primó en todo momento algo ajeno al espíritu nacional de pleito y discordia que nos caracteriza. Los navales reivindicaron su título de propiedad pero no quisieron sacar de allí a los moradores de las 4 comunidades. Aceptaron entregarles las parcelas donde ellos y ellas vivían.  Aparentemente todo estaba oleado y sacramentado. Pero las cosas no eran tan simples ni tan fáciles.

La controversia mayor reside en que los moradores de las 4 comunidades quieren además de los terrenos donde habitan, parcelas agrícolas. Es decir, anhelan realizar sembríos  y aprovechar los préstamos para plantar determinadas especies. El litigio por esas tierras está a la espera. Este diario, en compañía del abogado Gabriel García Villacrez, ha visitado las 4 comunidades cercanas a Iquitos. Y puede decir que un factor que juega un importante papel en el litigio o la controversia por esas tierras es el poliducto.