Por el caso de autorización de extracción de arena blanca
En el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria sobre delitos aduaneros, tributarios y ambientales que despacha el juez Bernuel Espíritu Portocarrero, según el expediente No. 1526, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental por disposición del fiscal Pablo César Ormeño Quiroz el 24 de mayo 2017 dispuso la formalización de la investigación preparatoria en contra de la ingeniera Lilibeth Chávez Pérez y del abogado José Julio Maurtua Pérez, por la presunta comisión del delito ambiental , responsabilidad funcional e información falsa en la modalidad de funcionario público por otorgamiento ilegal de derechos en agravio del Estado.
Primigeniamente, en este caso con disposición No. 01 del 07 de agosto del 2016, se dispuso investigar preliminarmente a Fernando Meléndez Celis como gobernador de Loreto, y a todos los consejeros regionales y los que resulten responsables en este caso. Sin embargo mediante disposición No. 02, la fiscalía el 17 de setiembre del 2017 se retracta y declara no proceder con la investigación contra Fernando Meléndez Celis y contra los consejeros regionales, ordenando el archivo del expediente.
Toda esta investigación se origina por el otorgamiento ilegal de derechos e indicios reveladores de delito ambiental, pues el 03 de agosto del 2016 el biólogo Carlos Rivera Gonzáles jefe de la Reserva Nacional Alpahuayo Mishana mediante denuncia verbal interpuso denuncia. Pues el 27 de julio del 2016 recibió la ordenanza regional No. 013-2016 –GRL-CR suscrita por el consejo regional que resolvió autorizar la extracción de arena blanca de las concesiones ubicadas en el eje de la carretera Iquitos- Nauta, en el distrito de San Juan Bautista por el plazo de noventa días.
Se dice que se aprobó la ordenanza por la coyuntura del momento, por la convulsión social por parte del sindicato de construcción civil y por la solicitud de los alcaldes distritales quienes solicitaron la extracción de arena blanca y la paralización de las obras por parte de las empresas quienes tenían que pagar penalidades; además la camionada de arena blanca se había incrementado hasta S/. 1200.00 y que dos empresas solo tenía autorización pare vender la arena que es un insumo necesario para la construcción.
En la audiencia realizada el pasado miércoles 26 de julio, se vio la improcedencia de acción solicitada por la defensa de la ingeniera Lilibeth Chávez Pérez quien dijo que la investigación fiscal es atípica y no tiene elementos fácticos y, que su patrocinada no tiene responsabilidad alguna en el caso que se le investiga pues no dio ninguna autorización por el caso de las canteras de arena, solicitando el archivo y que el consejo regional aprobó la ordenanza. El juez no aceptó la petición de la defensa técnica.
Lo cierto es que en este caso se investiga a los funcionarios y no al gobernador regional tal como lo hace conocer en su informe la fiscalía ambiental.