• El Aviso Nº 30 está basado en Resolución Nº 0135-2018/SEL-INDECOPI

 

En el Diario Oficial EL PERUANO fue publicada la Resolución Nº 0135-2018/SEL-INDECOPI, mediante el cual en la práctica la Capitanía de Puertos de Iquitos – DICAPI Loreto, está prohibida de exigir el trámite de diversos procedimientos contenidos en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú. En otras palabras ha sido declarada barrera burocrática ilegal.

Esto termina con una serie de pagos que venían haciendo desde hace aproximadamente 50 años los armadores de Madre de Dios, Loreto y Ucayali. Lo que fue detallado en el Aviso de Capitanía Nº 30 de fecha 16 de Julio de 2018 y firmado por el Capitán de Fragata, Francisco Vílchez Castillo, Capitán de Puerto de Iquitos, ubicado en Av. La Marina Cdra. 6 S/N – Punchana.

Son 32 trámites que ya no implicarán un gasto para los armadores de las tres regiones amazónicas mencionadas. Trámites declarados como Barrera Burocrática Ilegal la exigencia de tramitar esos procedimientos administrativos que enumera la resolución de INDECOPI.

Entre ellos: Expedición de fotocopias certificadas, certificaciones, autentificación de libros de naves y anotación de Libros de Matrícula de Naves y duplicado por distintos certificados.

Otorgamiento del Certificado de Dotación Mínima de Seguridad para Naves y Artefactos Navales de un arqueo bruto mayor a 13.30. Expedición del Certificado de aprobación de Características técnicas para naves y artefactos navales adquiridos en el extranjero. Aprobación de Planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto de hasta 6.48 (construcción o modificación).

Aprobación de Planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto mayor a 6.48 hasta 20.00 (construcción o modificación). Aprobación de Planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto mayor a 20.00 hasta 30.00 (construcción o modificación).

También otorgamiento de Licencia de Construcción. Renovación de Licencia de Construcción de naves y artefactos navales. Obtención de Certificado de Avance de Construcción del 50%. Otorgamiento de Certificado de Pruebas Estructurales para naves (de 500.00 AB o más). Otorgamiento de Certificado de Arqueo de naves y artefactos navales.