La presidenta de la República, Dina Boluarte, estaría cometiendo una violación a la Constitución Política y podría ser objeto de vacancia, si accede a gobernar de manera remota.

El abogado Rolando Giménez sostuvo que si se promulga la ley que el Congreso de la República aprobó respecto al ejercicio de la presidencia de forma remota, estaría cometiendo una infracción constitucional, porque la carta magna no autoriza el despacho presidencial desde el exterior de manera virtual.

Acotó que para que la presidenta pueda gobernar de manera remota, lo que debió hacer es modificar la Constitución, que tuvo que pasar a través de dos legislaturas ordinarias con voto mayoritario.

Recomendó a los colegios profesionales establecer una denuncia de inconstitucionalidad ante Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se recomiende al Estado peruano derogar dicha Ley.

“De acuerdo con la Constitución, es el gobierno quien establece la política exterior, y esta es ejercida por el canciller de la República, no es necesario que en algunas actividades internacionales este el presidente”, dijo, comparando esta situación con el gobierno de Vizcarra, donde no había un vicepresidente.

Precisó que si sale del país bajo esta ley, estaría incurriendo en un abandono de cargo similar al de Alberto Fujimori, motivo por el cual el Congreso tendría toda las facultades para declarar la vacancia del cargo.

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