A través de ley de hipoteca inversa.

Ayer, en el diario oficial “El Peruano”, se publicó la Ley N° 30741 – Ley que Regula la Hipoteca Inversa, a través de la cual los dueños de una casa registrada que sean adultos mayores, pueden hipotecarla a un banco o empresa de seguro y recibir una especie de pensión mensual hasta su fallecimiento, luego de eso recién el banco podrá ejecutar la hipoteca, previo requerimiento del pago de la deuda a los herederos.

Esta ley tiene como finalidad, dar a los adultos mayores una vejez digna y evitar que queden en el olvido o maltrato de sus familiares. Claro está que, por ley nadie está obligado a dejar herencia a sus hijos, pues es decisión de los padres.

Para que el adulto mayor acceda a esta hipoteca inversa, debe cumplir con el requisito principal de tener su propiedad registrada en la Superintendencia de Registros Públicos – SUNARP; la ley entrará en vigencia en 90 días, cuando esté lista su respectiva reglamentación.