Declara nulo acuerdo de concejo y piden presentar documentos para expediente
JNE pone contra la pared a Charles
Escribe: Jorge Carrillo Rojas.
coquicarrillo@yahoo.com
Una nueva sorpresa que podría alegrar a muchos y amargar a los pocos que aún protegen a Charles Zevallos Eyzaguirre, es la resolución que emitió el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el pasado 29 de enero de este año, en lo que corresponde al expediente N° J-2012-1712. Una nueva historia que amerita varias páginas más en los medios de comunicación.
Antes de convocarse a la sesión de concejo, deberá correrse traslado de la información procesada a los solicitantes y a Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre, para salvaguardar su derecho a la defensa y el principio de igualdad entre las partes, así como a todos los integrantes del Concejo Municipal.
La resolución del JNE, declara nulo el acuerdo de Concejo N° 119-SE-MPM, del 10 de setiembre de 2012, y lo actuado a la fecha de presentación del escrito de descargos formulado por el alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre, en el procedimiento de declaratoria de vacancia seguido en su contra. Además dispone devolver los actuados al Concejo Provincial de Maynas, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de vacancia, bajo apercibimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial correspondiente, para que evalúe la conducta del integrante de dicho concejo, en caso de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
El por qué de la resolución del JNE
El JNE encontró una serie de imprecisiones y falta de documentación que sustente el anulado Acuerdo de Concejo –lo cual no ha generado certeza al Supremo Tribunal Electoral- disponiendo la acumulación del expediente J-1713-2012, sobre vacancia y que fue solicitado por algunos ex regidores, acumulación que debe hacerse al expediente N° J-1712 -2012; asimismo dispone que se requiera a diferentes órganos y/o funcionarios competente tanto de la Municipalidad de Maynas y otras instituciones, informes que permitan contar con el récord laboral de prestación de servicios del alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre y donde se indique si tenía expedito o no su derecho a gozar de descanso vacacional.
Además, se dispone requerir al órgano o funcionario competente de la municipalidad, un informe en el que se absuelva la consulta sobre qué órgano de la entidad edil debía otorgar, de manera legítima y válida, las vacaciones solicitadas por Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre. También se contempla que se requiera a las autoridades competentes del aeropuerto de la localidad de Maynas, información sobre el registro de ingresos y salidas de Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre por el periodo invocado por los solicitantes (febrero a mayo del año 2012). A la clínica Ricardo Palma de la ciudad de Lima, se le requerirá una constancia del periodo en que se encontró internado el alcalde.
El JNE, además le señala al concejo edil que debe tener en cuenta la fecha en que debió reincorporarse a sus funciones el alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre, como consecuencia del vencimiento de la última de las licencias por enfermedad, concedidas por el concejo municipal. Asimismo, el JNE dispone que el cuerpo de regidores, en sesión extraordinaria, y antes de que emita un pronunciamiento sobre el fondo de las solicitudes de declaratoria de vacancia, deberá, de manera ordenada y diferenciada, someter a votación lo siguiente: Si una autoridad municipal que se encuentra de licencia, debe solicitar autorización al concejo municipal para ausentarse de la circunscripción. Si las vacaciones del alcalde Charles Mayer Zevallos Eyzaguirre fueron debidamente otorgadas.