Desde 1998, las regiones amazónicas en nuestro país se encuentran sujetas a un régimen tributario especial, para fomentar el desarrollo económico en esta zona, que permite el reintegro tributario del IGV a las empresas que importen bienes para el consumo en la Amazonía, así como la exoneración del pago de este impuesto dentro de Loreto, San Martín, Madre de Dios, Ucayali y Amazonas.

Sin embargo, en el 2005 la región San Martín renunció a estos beneficios tributarios –que solo favorecían a una minoría y no a toda población como se esperaba– y se creó un fideicomiso exclusivo para el desarrollo de proyectos de infraestructura para la región, logrando que un año después de tomada esta medida, que se financien alrededor de S/ 700 millones para aproximadamente 100 obras de primera necesidad (agua, desagüe, luz e infraestructura vial).

Siguiendo esa lógica, el pleno del congreso el 17 de diciembre de 2018, aprobó el texto sustitutorio de la Ley de la Inversión y Desarrollo del departamento de Loreto, con el cual se dejó sin efecto las medidas mencionadas para nuestra región, desde el 01 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2028; y en lugar de los beneficios tributarios eliminados, para salvaguardar el crecimiento económico de la región –que se encuentra estancada desde hace ya varios años por la caída del canon petrolero– la referida norma dispone la transferencia anual de S /200 millones en compensación al reintegro tributario y S/ 70 millones –que aumentará a S/ 86 millones a partir del 2029– en compensación a la exoneración del pago del IGV.

Ante este contexto, se han levantado muchas voces a favor y en contra del levantamiento de las exoneraciones, por ello es necesario que analicemos su pertinencia, resultando importante para el análisis propuesto, contemplar que los beneficios tributarios indicados fueron creados para incentivar el consumo e inversiones en la región –beneficiando así a los consumidores– o promover actividades económicas que generen crecimiento económico.

En ese sentido, se advierte que las exoneraciones tributarias no tuvieron el impacto esperado durante los años de vigencia, puesto que hasta el año 2018, se evidencia que en Loreto estamos lejos de contar con precios bajos, ya que los insumos en el mercado “modelo”, por ejemplo, son más caros que en algunos supermercados de lima metropolitana. Es por ello, que la eliminación de estas exoneraciones en nuestra región es congruente, además de que, según datos que se pueden encontrar en la SUNAT, solo una minoría de empresas grandes resultaban beneficiadas con el reintegro- con unos cuantos millones de soles-.

Sin embargo, pese a que concuerdo con la necesidad de la eliminación de los beneficios tributarios relacionados con el IGV al ser una política deficiente y no cumplir con el impacto deseado, entiendo que la eliminación debió ser gradual, puesto que su completa eliminación puede llegar a afectar a pequeños empresarios que no tienen la solidez de las grandes y primigenias beneficiarias. Pero la política está dada –se eliminan los beneficios tributarios y se realizan las transferencias– solo nos queda ser una sociedad atenta y no conformista –no nos dejemos sorprender con alzas inconsistentes de precios–, seamos fiscalizadores tanto para empresas abusivas, como para nuestros representantes políticos, no solo gritando y protestando a pedido de los “caudillos” regionales, sino por la convicción de hacer respetar nuestros derechos.

Miguel Angel Rojas Rios

Abogado

Maestrando en Gobierno y Políticas Publicas

rojasr.miguel@pucp.edu.pe