Parece que a muchos la cifra de casos del Delito de Feminicidio en el Perú no les resulta nada alarmante, ni preocupante. Por el contrario, hacen caso omiso de ello. Más aún ante lo sucedido hace unos días con Tessy, en el cual se vio solo a una cierta parte de la población Iquiteña manifestando su rechazo ante este delito y ante lo ocurrido a ella ¿Será acaso que seguimos con esa idea machista que la mujer debe soportar todo tipo de agravio ante el abuso de aquellos que dicen llamarse varones ante la sociedad?

Al hablar del Delito de Feminicidio  hacemos referencia a la muerte de las mujeres por su condición de tal, en contexto de violencia familiar, coacción, hostigamiento o acoso sexual; abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que confiere autoridad a la persona agresora; y en cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con la persona agresora[1].

Así, es necesario mencionar, que para el Jurista Manuel Bermúdez, mencionado por Felipe Villavicencio en su Libro Derecho Penal – Parte Especial, existen diferentes clases de Feminicidio: intimo (cometido por varones con quien la víctima ha tenido una relación afectiva), no íntimo (sin relación íntima, familiar, convivencial o afín), y por conexión (Víctimas muertas por acción indirecta, por ejemplo, por defender a otra mujer o por la comisión de un delito,  previo abuso sexual-)

Este delito, en nuestro ordenamiento jurídico, es de tipificación reciente ya que su justificación se debe a exigencias político-criminal, a causa que en estos últimos  años en el Perú se ha venido cometiendo.

Datos que brindan el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, desde el año 2009 hasta mayo del 2018, se ha venido obteniendo cifras que oscilan entre los 43 y 139 casos por Feminicidio. Hasta la fecha, desde enero hasta abril del 2018 se observa solo 43 casos, dato preocupante porque implica que en estos 4 meses últimos se cometieron un atentado ante la vida de la mujer, por su condición de tal, y que ante ello no se ve resultado alguno para hacerle un pare, un stop ante este abuso rotundo por condición de su género.

Ahora  es necesario, también, tener en cuenta  que en los casos con características de Feminicidio según grupo de edad de la víctima las más afectadas son aquellas que tienen entre los 18 – 29 años y las de 30 – 59 años, a causa que son estas edades las que resultan más perjudicadas por este tipo de delito (según datos brindados por el MIMP).

Las ciudades como Lima Metropolitana,  Arequipa, Junín, Ayacucho y Puno, son aquellas donde figuran el mayor índice de casos por Delito de Feminicidio. Loreto, hasta ahora, desde los años 2009 hasta el 2018 solo tiene 13 casos de Feminicidio, pero que se espera que este número no siga creciendo en todo este año.

La chamba que implica frenar este delito, este abuso ante la mujer, no solo parte del Estado, porque solo es un mero partícipe de algo que si compete a la familia, ya que nuestro comportamiento y nuestra forma de ser parten desde allí. Inclusive, es menester mencionar, que la familia es  el molde que va a formar una sociedad justa y equilibrada.

[1]Concepto obtenido de:  https://www.mimp.gob.pe/contigo/contenidos/pncontigo-articulos.php?codigo=39