¿Se imaginan una sociedad en donde la justicia y el Estado de Derecho no tuviesen relación alguna?
Ambas palabras tienen implicancia fundamental para la vivencia en una sociedad justa y equilibrada en donde los ciudadanos tienen las facultades y facilidades de respetar los derechos de otros y hacer respetar los suyos propios.
Bien lo dicen en el informe del Secretario General de las Naciones Unidas, de fecha 03 de agosto de 2004, sobre “El Estado de Derecho y la justicia de transición en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos”, que el concepto de “Estado de Derecho” ocupa un lugar central en el cometido de la Organización, ya que se refiere a un principio de gobierno según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a unas leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, rendición de cuentas ante la ley, equidad en la aplicación de la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal.
Del mismo modo, en el mismo informe se menciona que la “justicia” es un ideal de responsabilidad y equidad en la protección y reclamación de los derechos y la prevención y el castigo de las infracciones. La justicia implica tener en cuenta los derechos del acusado, los intereses de las víctimas y el bienestar de la sociedad en su conjunto. Se trata de un concepto arraigado en todas las culturas y tradiciones nacionales y, a pesar de que su administración normalmente implica la existencia de mecanismos judiciales de carácter oficial, los métodos tradicionales de solución de controversias son igualmente pertinentes. La comunidad internacional ha venido colaborando durante más de medio siglo para estructurar en forma colectiva los requisitos sustantivos y procesales de la administración de justicia.
Ahora, en base a lo dicho anteriormente, y tomando como referencia los acontecimientos suscitos últimamente en nuestro país ¿El Perú vive bajo el régimen del Estado de Derecho? ¿Se conoce realmente la implicancia del significado de justicia en nuestro país? ¿Vivimos en una sociedad en el cual Estado de Derecho y Justicia trabajan de la mano?
¿Usted que opina?