Oficiales y personal subalterno por delito de desobediencia
La Sala Suprema Revisora del Fuero Militar Policial, máxima instancia en el Fuero Militar Policial, condenó a los oficiales y suboficiales del Ejército procesados por el delito de Desobediencia, lo que permitió el robo de 18 fusiles Galil del Batallón de Material de Guerra 115, ubicado en la región Loreto.
Los hechos, que configuran delitos de función, ocurrieron en diciembre del 2015 y el caso ha seguido proceso en las instancias del Fuero Militar Policial conforme a las normas y a lo establecido en el Código Penal Militar Policial. Los militares sentenciados en instancia definitiva por el delito de Desobediencia (artículo 117º del Código Penal Militar Policial*) son:
Teniente Coronel EP Rudy Eduardo Garibay Alguiar, a 03 años de pena privativa de la liberta efectiva; Teniente EP Miguel Angel Quiroz Gonzales, a 02 años y 08 meses de pena privativa de la libertad efectiva; Técnico de 1ª (TCO1) EP Miguel Anton Flores Pator, a 02 años y 08 meses de pena privativa de la libertad efectiva; Suboficial de 3ª. (SO3) EP Henry Jorge Saravia Reymundo, 02 años y 06 meses de pena privativa de libertad suspendida; Suboficial de 2ª (SO2) EP Reynaldo Muñoz Quispe a 02 años y 06 meses de pena privativa de libertad suspendida, y Suboficial de 2ª (SO2) EP Adrián Oscar Tello Huamán a 02 años de pena privativa de libertad suspendida.
Para los tres últimos, se ha prescrito un periodo de prueba de 18 meses, debiendo sujetarse a las siguientes reglas de conducta: a) Prohibición de ausentarse del lugar donde residen sin autorización del juez, b) Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado en forma mensual para informar y justificar sus actividades, c) Reparar el daño ocasionado por el delito, con el apercibimiento de revocarse la suspensión de la pena en caso de incumplimiento de las citadas reglas de conducta.
La Sala Suprema también fijó la reparación civil en S/. 100,000 soles, monto a ser pagado en forma solidaria por los condenados y que comprenderá el valor actualizado de los 18 fusiles Galíl que deberán ser adquiridos por el Ejército del Perú para reponer las armas sustraídas.
La Sala Suprema Revisora es presidida por el Contralmirante CJ (R) Julio Pacheco Gaige y está integrada por el General de Brigada EP (R) Alonso Esquivel Cornejo y el Mayor General FAP Jose Luis Villavisencio Consiglieri.
El militar o el policía que omite intencionalmente las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos o cualquier otro documento que norma las funciones de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años.