Adoptando las medidas pertinentes frente a situaciones que pongan en riesgo la vida y la salud de los usuarios del servicio de justicia, así como de jueces y servidores; y conforme a las recomendaciones sanitarias de reducir al mínimo el contacto físico, para evitar el contagio del virus COVID-19, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Mg. Javier Santiago Sologuren Anchante, dispuso, mediante Resolución Administrativa N° 309-2020-PJ/CSJLO-P, la habilitación de líneas telefónicas y correos electrónicos -a través de los cuales- las instituciones operadoras de justicia, abogados, y justiciables remitirán la documentación para la atención de casos urgentes por el Poder Judicial.
“Los presidentes de Corte estamos facultados de implementar estrategias o mecanismos que coadyuven a brindar un servicio eficiente, garantizando la protección de la salud de los trabajadores y de las personas que acuden al Poder Judicial. En ese sentido, es que se ha determinado imprescindible el funcionamiento de estos medios tecnológicos, los cuales van a coadyuvar a mantener la distancia física y el aislamiento social obligatorio, pues las personas no necesitarán acudir hasta palacio para presentar la documentación, ya que podrán hacerlo desde su celular, con el aplicativo WhatsApp, o desde su computadora, vía correo electrónico.”, declaró Sologuren Anchante.
Los casos o cuestiones urgentes que viene atendiendo la Corte Superior de Justicia de Loreto, a través de sus juzgados de emergencia, en materia penal, civil, familia y laboral son: solicitudes de prisión preventiva; medidas limitativas de derechos; comunicación de detención de personas requisitoriadas; hábeas corpus; requerimientos de incoación de proceso inmediato aparejados con pedidos de prisión preventiva; detención de menores infractores a la ley penal; denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar; alimentos; consignación y endose de pensiones; admisión y medidas cautelares en proceso de amparo; y otros de urgente atención.
Cabe precisar que, el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, abogados, y justiciables, según sea su caso, ingresarán su denuncia, requerimiento, solicitud, oficio, demanda, medida cautelar, petición, etc., en formato digitalizado al correo electrónico o WhatsApp asignado según la materia judicial; de acuerdo al siguiente cuadro (COLOCAR EL CUADRO ANEXADO):
Al término del Estado de Emergencia, los documentos remitidos por los medios tecnológicos serán ingresados a la base de datos respectiva del Sistema Integrado Judicial – SIJ, formándose el expediente físico con las certificaciones respectivas.
Por otro lado, de ser absolutamente indispensable, se admitirá la recepción física de la documentación. No obstante, es menester que los usuarios del servicio de justicia se ajusten al uso de estos medios tecnológicos, considerando que no sólo contribuyen primordialmente con la protección de su salud, sino con el ahorro de tiempo y recursos.
Asimismo, se recuerda que los plazos procesales de cuestiones no urgentes están suspendidos desde el 16 de marzo de 2020 y por el plazo de 15 días calendarios. (CSJ Loreto)