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Con el objetivo de desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible, en la ley de plásticos publicada este miércoles en el diario oficial El Peruano se establece también la creación del impuesto al consumo de las bolsas de plástico.

De esta forma, a partir del 1 de agosto de 2019 cualquier persona natural o empresa que opte por adquirir bolsas plásticas para cargar bienes estará sujeta a esta obligación tributaria.

En este proceso participarán todos los involucrados, como el Minam, el Ministerio de Educación (Minedu) y el Ministerio de la Producción (Produce), así como el sector industrial y los especialistas en la materia.

Con la ley de plásticos se busca tener un marco que regule el uso de plásticos no reutilizables, así como los envases descartables y de tecnopor.  Además, tiene como meta reducir el impacto negativo de los plásticos de un solo uso en el medio ambiente y la salud de las personas. La ley de plásticos fue aprobada el 7 de diciembre en el Congreso de la República con una amplia mayoría.

-¿En cuánto tiempo empezarán a prohibirse?-

La ley de plásticos establece plazos de entre 4 meses y 3 años para la reducción progresiva de las bolsas, así como la prohibición de fabricación para el consumo interno, importación, distribución, entrega, comercialización y consumo de los plásticos, descartables y tecnopor.

► En 120 días o 4 meses (20 de abril 2019):

1. Se prohibirán las bolsas de base polimérica, los sorbetes y envases de tecnopor en las áreas naturales protegidas, áreas declaradas patrimonio cultural o patrimonio natural de la humanidad, museos, en las playas del litoral y las playas de la Amazonía peruana; así como las entidades de la administración estatal.

  1. Desde el 18 de diciembre empezó a prohibirse el ingreso de plásticos de un solo uso (bolsas, cañitas y envases tecnopor) a las áreas protegidas del país, informó mediante un comunicado el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp).
  2. Se prohibirá la entrega de bolsas o envoltorios de base polimérica en publicidad impresa, diarios, revistas, recibos y toda información dirigida a los consumidores.

► En 12 meses (20 de diciembre 2019):

Se prohibirá la fabricación para el consumo interno, importación, distribución, entrega, comercialización y consumo de:

  1. Bolsas de base polimérica de menos de 30 cm x 30 cm y aquellas cuyo espesor sea menor a cincuenta micras.
    2. Sorbetes de base polimérica.
    3. Bolsas de base polimérica, no biodegradables, que incluyen aditivos.

► En 36 meses (20 de diciembre 2021):

Se prohibirá la fabricación para el consumo interno, importación, distribución, entrega y consumo bajo cualquier modalidad de:

  1. Bolsas plásticas de base polimérica, que no sean reutilizables y aquellas cuya degradación generen contaminación por microplástico.
  2. Envases y vajilla descartable de base polimérica cuya degradación genere contaminación por microplástico.
  3. Envases y vasos de tecnopor. Para este caso, el reglamento establecerá la progresividad y los mecanismos necesarios para no afectar las actividades de los micro y pequeños empresarios.
  4. Los supermercados, autoservicios y comercios en general deben reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de base polimérica no reutilizable por reutilizables o cuya degradación no genere contaminación por microplástico.

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