[ORPIO y CORPI-SL demandan al Estado].

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 Es imposible concebir en un sano juicio la reincidencia del gobierno de incumplir o vacilar con la sacralidad de la ley. Solo se explica -la violación de los derechos- en un contexto de crisis de los valores institucionales y abdicación de los deberes del Estado.

La Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) y la Coordinadora Regional de los Pueblos Indígenas – San Lorenzo (CORPI-SL) han presentado (el 30 de septiembre del 2015) ante el Juzgado Civil de Turno de la Corte Superior de Justicia de Loreto, una demanda de amparo por la violación de derecho a la Consulta Previa y otros derechos fundamentales.

La demanda de amparo involucra al Ministerio de Energía y Minas y a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION). Los hechos lesivos consisten en la sistemática y deliberada omisión de cumplir con el derecho de consulta previa, libre e informada sobre las siguientes medidas, Resolución Ministerial que aprueba el Primer Plan del Proyecto Línea de Transmisión 220 kv Moyobamba – Iquitos, que pasa por territorios indígenas, el Contrato de Concesión del Sistema Garantizado de Transmisión del Proyecto mencionado.