Yuri Alegre, gerente de Desarrollo Social
“EL PARO OBEDECE A INTERESES PERSONALES”
Yuri Alegre, se reuniría con el director regional de Salud para coordinar las medidas que se tomarán ante los reiterados pedidos de los médicos del nosocomio, llegando a una concertación en beneficio de los pacientes que se atienden a diario en el hospital.
Tras el paro de 48 horas realizado por el cuerpo médico del Hospital Regional de Loreto, el gerente de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Loreto, Yuri Alegre Palomino, manifestó que en la reunión sostenida con los médicos protestante, hace un par de semanas, se llegó al acuerdo de realizar un trabajo conjunto con la dirección del nosocomio y los galenos para la mejora de la atención a los pacientes.
El funcionario se mostró sorprendido por esta paralización y manifestó que este paro obedecería a intereses personales de los galenos del cuerpo médico, quienes deberían sumarse al trabajo de la dirección y no pedir destituciones o concursos, pues la designación de los directores no cambiará de modalidad, ya que es un cargo de confianza de la autoridad regional.
“La vez pasada nosotros nos reunimos a conversar con el cuerpo médico durante tres horas para sacar adelante al hospital. Es un hospital público que el año pasado atendió más de mil pacientes con dengue y nosotros asumimos el presupuesto, este es un tema presupuestal que pasan todos los hospitales públicos del país. Se había propuesto una conversación con el presidente que en esos días no pudo atenderlos y posteriormente ellos arbitrariamente no volvieron a sacar más cita. Este paro va más allá de intereses personales de unos pocos médicos. El tema de la designación de los directores de hospitales es un tema que ellos tienen que entender, los directores son cargos de confianza del presidente regional”, dijo. (randyriosg@gmail.com)
«El tema de la designación de los directores de hospitales es un tema que ellos tienen que entender, los directores son cargos de confianza del presidente regional».
Apreciación totalmente falsa mi querido Yuri. El acceso a ser Directores de Hospitales, Jefes de Departamento y servicios es por concurso, y de ninguna manera pueden ser utilizados por confianza del presidente del gobierno regional
Decreto Supremo N° 011-2002-SA, su norma modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 015-2002-SA, restituidos mediante Ley Nº. 28792 y las normas complementarias reguladas en la Resolución Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM y Resolución Ministerial Nº 035-2003-SA/DM.
MARCO LEGAL
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Constitución Política del Perú
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Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM.
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Ley 28792, Ley que restituye la vigencia del Decreto Supremo Nº 011-2002-SA y Decreto Supremo Nº 015-2002-SA.
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Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Ley N° 26842, Ley General de Salud.
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Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud.
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Decreto Legislativo N° 559, Ley del Trabajo Médico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2001-SA.
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Ley N° 23536, Normas Generales que regulan el Trabajo y la Carrera de los Profesionales de la Salud y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0019-83-PCM.
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Ley Nº 23728, Establecen Normas Generales que regulan el trabajo y la Carrera de los Profesionales de la Salud, que prestan servicios asistenciales y administrativos en el Sector Público, bajo el Régimen de la Ley Nº 11377.
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