[Según decreto].
Los trabajadores del sector público y privado sí están afectos al feriado, pero deberán recuperar las horas de esa jornada en mutuo acuerdo con su empleador.El 2 de enero del 2015 fue declarado día no laborable a través de un decreto supremo (N° 073-2014) firmado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
De acuerdo a la disposición, hay posiciones que no pueden dejar de laborar y, por tanto, trabajarán con normalidad y no recibirán ningún monto extra por el feriado del 2 de enero.
Así, los colaboradores empleados en servicios a la comunidad (hoteles y hospedajes), servicios mínimos (vinculados a labores indispensables de seguridad, conservación de bienes) y otros servicios indispensables (actividades sanitarias, comunicaciones, entre otros) deberán laborar el feriado del 2 de enero.