[SBS: Cooperativa de Ahorro y Crédito “Fianzas y Garantías”].
La relación de las empresas supervisadas por la Superintendencia, que se encuentran autorizadas a emitir cartas fianza para tales efectos está publicada en el Portal del Usuario de la página web de esta Superintendencia (www.sbs.gob.pe).
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) advirtió a los postores, entidades públicas, autoridades judiciales y fiscales así como al público en general, que la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Fianzas y Garantías” Ltda no se encuentra bajo su supervisión y que, por tanto, no está facultada a emitir cartas fianza en procesos de contrataciones con el Estado.
El ente supervisor indicó que la información que estaría siendo difundida por la citada cooperativa, carece de sustento fáctico y legal, por lo que es necesario alertar a las autoridades y al público en general a fin de que no sean sorprendidos.
La SBS, en resguardo de los intereses del público, y en cumplimiento del artículo 87 de la Constitución Política y el artículo 345 de la Ley 26702, continuará ejerciendo las acciones legales que correspondan con la finalidad que la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Fianzas y Garantías” y las personas vinculadas directa o indirectamente a ella se adecuen al marco legal vigente.
Cabe precisar que conforme al artículo 33º de la nueva Ley de Contrataciones del Estado (Ley Nº 30225), que recoge lo que disponía el artículo 39º de la anterior Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo N° 1017), las garantías que ofrezcan los postores y contratistas que intervengan en procesos de contrataciones con el Estado, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo el ámbito de supervisión directa de la SBS, tratándose de empresas emisoras constituidas en el país.