[Por incumplimiento y no contar con licencia de funcionamiento]
Cabe señalar que en ambos casos, el local queda clausurado temporalmente por 30 días. Tiempo en el cual el propietario se debe poner a derecho y cumplir con los trámites administrativos correspondiente, de no ser así se procederá a medidas legales o clausura definitiva.
La Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, haciendo prevalecer el principio de autoridad, a través de la División de Comercialización, procedió a la clausura del local comercial “Brunner Consultores & Servicios S.A.C.”, ubicado en calle Las Azucenas S/N. Mediante el cual se le multa al Sr. Moore Llens Brunner Ruiz, como propietario del establecimiento, con el 20% de la UIT.
Se procedió a la clausura de dicho local, por apertura del establecimiento sin la respectiva licencia de funcionamiento; infringiendo el Reglamento de Aplicaciones y Sanciones Administrativas – RASA y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas – CISA en su Cogido C-1.
Asimismo la División de Comercialización de la municipalidad Sanjuanina, se trasladó a la calle Azucenas S/N, donde también funciona la empresa denominada “M.P. Construcciones y Servicios S.R.L.” al que también se le clausuró y se multa a su propietario el Sr. Moore Llens Brunner Ruiz con el 50% de la UIT.
Y YO QUE PENSABA POR NO RECOGER LA BASURA, JAJAJAJAJAJA AUTORIDADES IDIOTAS SOLO POR ROBAR Y COIMEAR HACEN PREVALECER EL PRINCIPIO DE AUTORIDAD,
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