Foto: Radio Ucamara

La Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto, en mérito a la Ley Orgánica de Municipalidades, al artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 026-2020 (que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus) y al artículo 11 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM (que declara Estado de Emergencia Nacional), se constituyó a las Municipalidades Distritales de San Juan Bautista, Belén y Punchana, para gestionar y adoptar las medidas para la limpieza e higiene pública (desinfectación), sobre las principales calles, mercados y plazas de los respectivos distritos.
En reunión con los señores Alcaldes y con los señores Gerentes de Servicios Municipales y Jefe de Unidad de Salud Ambiental, en representación de la alcaldesa del municipio de Punchana, se ha informado estarse cumpliendo con las medidas sanitarias establecidas, realizándose, para ello, el barrido de las calles principales, así como el recojo de residuos sólidos y su traslado respectivo, trapeo diario de plazas y desinfectación de los mercados y mercadillos de cada distrito, así también precisaron contar con los implementos de bioseguridad para todo el personal de apoyo que labora diariamente (personal de limpieza, serenazgo y unidades básicas).
Al respecto, el representante del Ministerio Público, recomendó y exhortó a las autoridades ediles, cumplan tales medidas sanitarias, lo cual contribuye a la prevención de los delitos de Propagación de enfermedades peligrosas o contagiosas y Violación de medidas sanitarias, tipificados en los artículos 289 y 292 del Código Penal; quienes en el plazo de 03 días calendarios emitirán al despacho fiscal los informes debidamente documentados.