· El sector continúa preparándose para la reanudación total de las actividades relacionadas al turismo.
Lunes, 28 de septiembre de 2020.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó hoy dos importantes normas. A través de ellas, se aprobaron los “Lineamientos sanitarios ante el COVID-19 para destinos turísticos” y el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para salas de juego”.
De esta manera, el sector continúa preparándose para la reanudación total de las actividades relacionadas al turismo. Los documentos aprobados se suman a los ocho protocolos sanitarios sectoriales que fueron publicados por el Mincetur a la fecha.
Es importante mencionar que desde el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo se viene trabajando en un sello turístico, que busca certificar al Perú como una zona segura, garantizando el cumplimiento de los protocolos y las medidas de bioseguridad.
LINEAMIENTOS PARA DESTINOS TURÍSTICOS
Con la dación de los “Lineamientos sanitarios ante el COVID-19 para destinos turísticos” (R.M. N° 195-2020-MINCETUR) se establece el gran marco normativo que permitirá organizar y gestionar la reanudación de actividades en los diversos destinos turísticos del Perú. Esto en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud y los protocolos aprobados por el sector.
“Con esta norma damos los lineamientos generales para vigilar, prevenir y controlar el COVID-19, en el proceso de reanudación de actividades en los destinos turísticos. Por ello, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo desplegará acciones para que estos lineamientos sean aplicados por los actores públicos y privados. La reanudación total del turismo solo será posible con el apoyo de todos”, explicó el Mincetur.
Descarga los lineamientos en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1219501-195-2020-mincetur
PROTOCOLO DE SALAS DE JUEGO
De otro lado, se publicó esta mañana el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para salas de juego” (R.M. N° 196-2020-MINCETUR). Con este documento se establecen las medidas preventivas sanitarias que se deben cumplir para la realización de estas actividades. Se enfatizan, así, aquellas referidas a la protección que deberá cumplir el personal encargado de prestar el servicio, además de la limpieza y desinfección de equipamiento e instalaciones. A ello se suma las medidas de bioseguridad que deben cumplir los clientes.
Es importante precisar que la reanudación de las actividades realizadas por las salas de juego será aprobada en una norma posterior. Cabe mencionar que este Protocolo Sanitario es de aplicación complementaria al Documento Técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA
“Con el Protocolo Sanitario Sectorial para salas de juego sectorial ponemos de conocimiento a las salas de juego las medidas de bioseguridad que deben implementar. De esta manera, cuando se realice la reapertura esta actividad podrán volver a operar, siempre cumpliendo los requerimientos del gobierno”, sostuvo el Mincetur.
Descarga de protocolo en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1219503-196-2020-mincetur
DATOS
· En el Perú existen más de cien destinos turísticos. Entre ellos podemos mencionar el destino Playas del Norte, la Ruta Moche, Río Amazonas, entre otros.
· A nivel nacional, se encuentran autorizadas 750 salas de juego. Según el siguiente detalle en Lima son 415 salas (55%) y en provincias 335 (45%). Como se menciona en la R.M. N° 196-2020-MINCETUR, la reanudación de sus actividades será aprobada en una norma posterior.
OFICINA DE COMUNICACIONES Y PROTOCOLO
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO