Incluido estaciones de radio y televisión de todo el pais
Cualquier coordinación adicional, pueden comunicarse con la Sra. Nérida Huamán Valdiviezo al teléfono 01 417 0630 anexo 8368 o con el Dr. Roberto Mostajo Elguera al anexo 8380 de la ONPE.
Según la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP) todos los medios de comunicación (medios escritos, radiales o televisivos de señal abierta y por cable) deben remitir sus tarifas de publicidad política o con fines electorales a la ONPE, dos (2) días después de la convocatoria a las elecciones regionales y municipales 2018.
Según lo previsto en la ley, el Gobierno del Presidente PPK debe convocar a elecciones regionales y municipales este 10 de enero, por lo tanto, las tarifas deben ser remitidas en físico hasta el día viernes 12 de enero del 2018.
Las Coordinadora de Medios Locales MEDIOS PERÚ, rechazó esta disposición, por ser incoherente y alejada de la realidad. “Al parecer esta disposición fue hecha sin conocer la realidad nacional de los medios, desde una oficina de Lima y solo pensando en los medios de la capital y las grandes ciudades. Es imposible que, en solo dos días todas las estaciones de radio y televisión del interior del país puedan remitir sus tarifas a la ONPE, además de los otros artículos que perjudican a la radiodifusión local limitando la contratación de los avisos publicitarios en sus medios», sostuvo Edgar Guevara Director de Medios Perú.
Otros de los cuestionados artículos de la Ley de Organizaciones Políticases el artículo 40° que restringe la contratación de propaganda electoral, que solo puede hacerse desde los sesenta (60) hasta los dos (2) días calendario previos al día de la elección.
En las elecciones regionales o municipales, las organizaciones políticas y sus candidatos inscritos en los departamentos del país, pueden contratar propaganda electoral, a través de los responsables de campaña hasta un (1) minuto diario en cada estación de radio y televisión de su jurisdicción. No se pueden establecer precios superiores al promedio cobrado a privados por la publicidad comercial en los últimos dos años, en el mismo horario de difusión.
El tesorero nacional y los tesoreros descentralizados de la organización política son los únicos autorizados para suscribir contratos de propaganda electoral con los medios de comunicación o empresas de publicidad exterior en favor de candidatos para las elecciones presidenciales o congresales. Para las elecciones regionales y municipales, puede contratarla el responsable de campaña.
Asimismo, todos los medios de comunicación públicos y privados, deben enviar, a solicitud de la ONPE, un consolidado con toda la información respecto a los servicios contratados en el periodo electoral en favor de las organizaciones políticas y los candidatos. La información de las tarifas presentadas por los medios de comunicación a la GSFP, es puesta en conocimiento de las organizaciones políticas y de la ciudadanía, a través de la página web de la ONPE.