* El Vicariato de Iquitos que dirige Miguel Ángel Cadenas alega que la cesión fue legal, mientras directivos cuestionan la validez del acta firmada en 2018 y quieren que prevalezca el acuerdo firmado por el padre Joaquín García Sánchez el 2019.
El caso por el inmueble de “Irapay” enfrenta al Vicariato Apostólico de Iquitos y los donantes que entregaron esa propiedad al padre Joaquín García Sánchez, entonces director de Centro de Estudios Teológicos de la Amazonía (CETA) para que sea usado en beneficio de los niños. Según los registros, en julio de 2018 el CETA acordó ceder la propiedad al Vicariato mediante acta de constitución, firmada por el padre Joaquín García cuando atravesaba un problema de salud. Posteriormente, el sacerdote envió una carta retractándose de esa decisión e indicando “que retoman las gestiones para la recuperación de la propiedad donada por los herederos”. Ese documento fue firmado por el propio padre Joaquín García y Luisa Ríos de Owens. En el mismo se indica que “en caso de que algo sucediera a ambos miembros del acuerdo los representantes de ellos honrarán este acuerdo”. Sin embargo los representantes del Vicariato de Iquitos no aceptan ese acuerdo e intentan que prevalezca la transferencia del ya desaparecido CETA.
Los directivos sostienen que el local no podía ser transferido, ya que el donante estableció que debía usarse exclusivamente para CETA. Por su parte, el Vicariato argumenta que la cesión es válida porque CETA depende de la Iglesia y, por tanto, la transferencia se ajusta a la normativa canónica, aunque se trate de una asociación civil bajo derecho peruano.
“Una cosa es el Derecho Canónico y otro distinto el Derecho peruano”, señala uno de los consultados por Pro & Contra Digital. Además, agregó que «en la donación a CETA se dice que ésta no podrá enajenarlo manifestando la voluntad del donante que solo sea para uso de CETA. ¿Técnicamente donarlo a otra entidad como el Vicariato contraviene o no la voluntad del donante? La voluntad del donante no fue nunca donarlo a la iglesia representada por el Vicariato, sino a la institución CETA, el argumento justificatorio es que CETA y el padre Joaquín dependían y pertenecían al Vicariato por ser un órgano de la iglesia y por eso es perfectamente legal la donación. Eso será si tomamos en cuenta el Derecho Canónico, pero CETA es una Asociación Civil y estuvo regida por el Derecho Civil del Perú», anotó.
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