Hoy miércoles 28 de noviembre, el Ministerio Público lanzará (10:30 a.m.) el primer piloto del Registro Único de Víctimas y Agresores (RUVA) en Perú, en cumplimiento de la Ley N°30364 (Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar), informó la fiscal superior Rosario López Wong a El Comercio. Este sistema, que fue reglamentado el 10 de julio de este año, empezará a implementarse en la comunidad autogestionada de Huaycán, en el distrito de Ate.
El RUVA permitirá al Ministerio Público, en coordinación con la Policía Nacional, el Poder Judicial y los ministerios de Justicia, Salud y de la Mujer, atender de forma articulada a las víctimas de violencia.
López Wong, fiscal superior en delitos de trata de personas de la Unidad Central de Asistencia a Víctimas y Testigos, dijo que las instituciones tienen la obligación de registrar los casos de violencia para que, inmediatamente, se genere un sistema de alerta en los demás sectores involucrados. En el ámbito de sus funciones, podrán actuar en defensa y protección de las personas. “Será un reto muy complejo, pero pondrá en evidencia los registros de los que hemos tenido conocimiento y qué acciones hemos tomado. El eje central es la víctima”, comentó a El Comercio.
Por su parte, Cynthia Silva, abogada asociada de Demus, comentó a este Diario que el RUVA tiene una finalidad operativa – más que social – respecto a las respuestas que el Estado dará a cada denuncia. “Lo que se va a buscar en primera instancia es solucionar los casos de denuncias múltiples, que incluso cuentan con protección, que por falta de seguimiento terminan en un resultado fatal, que es la muerte”. Es decir, plantear una revisión constante del registro para respuestas eficaces en favor de las víctimas.
– ¿Por qué se eligió Huaycán?-
Huaycán fue elegida para el lanzamiento del piloto del RUVA porque, en primer lugar, ahí se ha registrado el 70% del promedio de casos vinculados a esta ley. “En todo lo que va de este año, las dos fiscalías han generado más de 750 carpetas fiscales. Hay un porcentaje muy grande de incidencias de estos casos”, mencionó la fiscal López Wong. Asimismo, Huaycán también fue elegida por ser una comunidad autogestionaria donde las instituciones funcionan de manera articulada.
En el lanzamiento también estarán involucradas las dos fiscalías mixtas de Huaycán, el CEM de Huaycán y el Juzgado que ve los casos, precisó la fiscal López Wong.
A la información que se podrá acceder en Huaycán es cuántos casos se han dado en relación a la Ley 30364, cuántas víctimas mujeres hay, cuántos niños menores de edad y qué tipo de violencia se ha registrado. “Son datos agrupados que a modo de reporte los ciudadanos puedan acceder y las instituciones para tomar las mejores decisiones. Este es el primer paso”, dijo.
-Protección de datos –
Una de las principales consideraciones para el RUVA es que manejará tres tipos de información: de acceso público, reservado y confidencial. En el primer caso, se trata de datos estadísticos agrupados para sensibilizar y difundir entre la población e instituciones para que se establezcan políticas públicas enfocadas en evitar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
La información reservada será manejada por los sistemas de operación de justicia. “Esa información tiene carácter de reservada solo acceden los actores del sistema y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, pero con usuarios y claves, para que accedan solo los debidamente acreditados”, precisó López Wong. Finalmente, habrá un tercer grupo de información confidencial que será manejada así para no perturbar la intimidad de las personas víctimas y agresores.
– Diferencias entre el RUVA y el registro de condenados –
La abogada Silva comentó que en un momento hubo confusiones respecto a la naturaleza del RUVA y del Registro Nacional de Condenas, que son dos mecanismos diferentes.
El 25 de octubre de este año, se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N°30862, que fortalece las normas para erradicar la violencia a mujeres e integrantes del grupo familiar. En uno de sus 22 artículos, se precisa que el RUVA es un “registro diferenciado” del Registro Nacional de Condenas. Ahí, se indica:
“El RUVA es un registro diferenciado del Registro Nacional de Condenas en el que figuran todas las personas con sentencias condenatorias consentidas y/o ejecutoriadas por los delitos relacionados a las distintas formas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Cualquier persona puede acceder a la información existente en el Registro Nacional de Condenas de conformidad con el procedimiento establecido, sin restricción alguna”.
Es decir, mientras que el registro de condenados tiene que ver con la situación en que el denunciado recibió una sentencia condenatoria, el RUVA, por el contrario, permite el seguimiento de los casos.
“El RUVA de ninguna manera tiene esa finalidad (pública) porque lo que busca es consignar datos relevantes de las denuncias y además acumular las diferentes denuncias que a lo largo del tiempo puede estar haciendo una víctima, también registrar las respuestas, las medidas que ha tomado el Estado en el caso concreto y dar seguimiento a las medidas de protección”, comentó la abogada asociada a Demus.
En este mismo sentido se manifestó la fiscal López Wong, quien informó que este registro de condenados todavía no ha sido reglamentado. “La ley establece que las personas pueden acceder a esta información que va a estar en el Registro Nacional de Condenas, pero de conformidad con un procedimiento que aún falta establecer y trabajar”, dijo. Mencionó también que están trabajando en protocolos de suministro de información que cautelen los derechos tanto de las víctimas y “ponderando los derechos constitucionales que podrían afectar a una persona condenada”. Agregó que hasta el momento no tienen una fecha aproximada para tener la reglamentación, pues dependerá del consenso de varias instituciones. “La propia norma tiene un plazo y habla de 90 días de su entrada en vigor”.