Ayer en la mañana en la Plaza 28 de Julio se realizó una feria de información sobre la Nueva Ley Procesal de Trabajo, a donde concurrieron gran cantidad de personas. El doctor Wilbert Mercado Arbieto vocal de la Sala Civil en donde se ven en segunda instancia los temas laborales sobre este tema, dijo que la feria tiene por objeto vincular al Poder Judicial con los usuarios del servicio que son los litigantes y también los potenciales , es decir trabajadores que no tiene ningún conflicto pero que podrían tenerlo. Estamos orientando a la población con los jueces superiores, los especializados, los trabajadores quienes responden las inquietudes de la población.
La NLPT se inspira en la celeridad, la predictibilidad, pero sin embargo hay carencias porque se requiere un nuevo modelo y la mayor cantidad de jueces y especializados y por no tenerlos, retrasan el servicio de justicia. Estamos en el cuarto año de la implementación de la ley No. 29497 y significa un cambio cultural en la litigación que es oral que tiene como exigencia básica que sean sustentados en hechos ciertos y la inmediación (cara a cara) frente a frente con los abogados. Lo que se busca es mejorar el sistema de justicia y buscar el horizonte de lo que plantea esta Ley.
Lo que se busca es una justicia rápida a favor de los trabajadores y cuando reclaman sus beneficios sociales no sean “mecidos” año tras año y caigan en la desesperanza, lo que motiva la falta de credibilidad en las instituciones. Esta ley busca resolver conflictos entre los trabajadores y los empleadores.
En materia laboral para hacer una demanda los plazos son cortos, en el caso del trabajador despedido busca retornar a sus centro de trabajo es de treinta días, y en el caso que se plantea el cobro de beneficios sociales el plazo es de cuatro años , pero es diez años cuando se plantea indemnización por daños y perjuicios.
Los procesos antiguos que se ventilan con la ley 26636 anterior están en proceso de liquidación tienen hasta diez años algunos, pero, estos casos deben concluir de manera rápida, porque el ciudadano busca una respuesta para bien o para mal, lo que se debe evitar es generar una falsa expectativa en el trabajador, pues el mantenimiento de los procesos genera muchos costos al Poder Judicial.
Sobre el tema de la uniformidad de criterios en las resoluciones en temas laborales (predictibilidad), Mercado Arbieto dijo que esa es una verdad que no se puede negar porque en la provincia existen jueces especializados en materia laboral, los jueces son mixtos y en los colegiados son penalistas, civilistas, y el tema laboral tiene una doctrina propia , jurisprudencias que se tiene que observar, y los precedentes como la bonificación por treinta años se tiene que pagar, por luto se tiene que pagar.
En los procesos laborales la administración pública como el Gobierno Regional no debe estar promoviendo juicios, porque cuando nos reunimos con otros jueces como los de Arequipa en virtud a las resoluciones de los jueces ya no requiere que haya nuevos pleitos.
Sobre Judicialización de beneficios laborales de los maestros
No adelantamos opinión, pero hay jurisprudencia reiterante y los beneficios judicializados por los maestros deben ser positivos para los trabajadores que los demanden porque la ley ordena, en cuanto al pago, no se puede decir no tengo plata y no voy a pagar. El Estado tiene un mecanismo para establecer que en la ley de presupuesto se pueda considerar las deudas judiciales y eso se tiene que cumplir. No se pude complicar la vida de los trabajadores, porque toda gestión estatal ya sea regional, municipal, están en la obligación de prestar un servicio público a los ciudadanos y no denegar los petitorios que están reconocidos por la lay y la jurisprudencia.