*Juzgado rechaza medida cautelar del grupo y ordena desalojo de local.
El Primer Juzgado Civil de Maynas declaró improcedente la medida cautelar presentada por el grupo musical Explosión para evitar su desalojo del Athletic Club José Pardo. La resolución señala que el proceso ya cuenta con una sentencia firme y debe ejecutarse.
El juez argumentó que no se puede suspender una orden que tiene la condición de cosa juzgada y advirtió que la empresa no cumplió con los pagos correspondientes. Se le otorgó un plazo de tres días para regularizar su situación, de lo contrario, enfrentará sanciones económicas.
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