RESTAURANTES Y HOTELES QUE EMITEN BOLETA DE VENTA ELECTRÓNICA
A partir de este año, los restaurantes y hoteles deben consignar en las boletas de venta electrónicas el DNI de su cliente, a fin de que éste pueda deducir el gasto para fines del Impuesto a la Renta. Si el cliente es extranjero, se deberá consignar su número de RUC.
Esta obligación, introducida en la última modificación al Reglamento de Comprobantes de Pago, permitirá que los trabajadores independientes y dependientes que ganen más de 7 UIT al año (29 400 soles) puedan deducir el 15% del importe pagado por sus consumos, por lo que los restaurantes y hoteles deben tener adecuados sus sistemas.
La SUNAT ha iniciado una campaña para identificar los negocios que aún no están cumpliendo con la disposición comentada, pudiendo aplicar la sanción por emitir comprobantes de pago que no reúnen los requisitos y características establecidas en la normatividad vigente.
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