Ya hay postulantes en Loreto en esa condición, los casos de candidatos de Restauración Nacional que lidera Elisbán Ochoa en provincia de Alto Amazonas y distrito de Lagunas son dos de ellos.
Ojo candidatos: diferencia entre inadmisible e improcedente
En estos tiempos de inscripción de candidatos los términos más usados por los JEE son INADMISIBLE, ADMITIDA, RECIBIDA e IMPROCEDENTE. Recbida se refiere a que la inscripción fue recepcionada por la Mesa de Partes, a trámite. Admitida se refiere a que se aceptó la inscripción y debe publicarse para ver si proceden tachas. Inadmisible e improcedente se refiere a que los candidatos tienen dificultades para su inscripción.
INADMISIBLE
Recurrimos a un especialistas en temas electorales como Julio César Castiglioni, quien refiere que «cuando el JEE declara que la inscripción de una lista es inadmisible se debe a que encontró faltas a la ley electoral que la agrupación política puede y debe subsanar si quiere continuar en carrera. «Por ello, le da un plazo de dos días a la organización política para que corrija las omisiones o faltas. Después tendrá que volver a presentar los documentos ya subsanados al JEE», indicó. Este caso ocurrió con la lista a la Municipalidad de Lima que encabeza Diethell Columbus (Fuerza Popular), la cual se declaró inadmisible hasta que el candidato presente documentos originales –o copias legalizadas– que certifiquen que está con licencia sin goce de haber en el Congreso.
IMPROCEDENTE
El mismo Castiglioni afirma que «la declaratoria de improcedencia ocurre debido a que el ente electoral detecta faltas u omisiones a la ley que la organización política ya no puede subsanar. Por ejemplo, cuando incumplen con la democracia interna o no se presenta el plan de gobierno. Estamos hablando de requisitos de fondo, de cumplimientos esenciales para que una lista pueda ser inscrita. El partido político aún tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación que será resuelto por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Un ejemplo es la lista de Democracia Directa a la Municipalidad de Lima, que lidera el ex ministro aprista Enrique Cornejo . El JEE declaró que su inscripción era improcedente porque el mandato de su Comité Ejecutivo Nacional había vencido: era el mismo desde noviembre de 2011 y no iniciaron un proceso de elecciones internas para renovarlo. Prácticamente ya están fuera de la contienda electoral. Durante los últimos procesos, todas las faltas a los requisitos de fondo fueron insubsanables y los candidatos tuvieron que prepararse para el próximo proceso. Si bien el Pleno del JNE se considera la última instancia en los procesos electorales, también ocurre que algunos candidatos intenten llegar al Tribunal Constitucional con el fin de seguir en carrera. Pueden presentar una acción de amparo, pero el recurso empieza en un juez de primera instancia y demora tres años hasta llegar al TC».
Así de claro.