ALGUNOS APUNTES PARA DISIPAR LAS DUDAS

 

Ayer amanecimos plagados de banderas azules con rosado que llevaban el HT #ConMisHijosNoTeMetas y frases contra la “ideología de género”,  en toooda Lima (y en el Perú también).

Sin embargo, ese mismo día nos fuimos a dormir con la bandera del arco iris porque el Poder Judicial, en una sentencia histórica, le dijo al Reniec -el que hace los DNI- que debe inscribir el matrimonio entre el fundador del Mhol, Óscar Ugarteche y su esposo Fidel Aroche. Ambos se casaron en México. La sentencia consiste en que la entidad debe cambiar el estado civil de los demandantes y así reconocer su unión.

Pero después de esta gran noticia en favor del reconocimiento de los derechos civiles de las personas LGTTB y de la algarabía expresada en redes sociales, han sucedido algunas cosas que debemos apuntar porque la lucha de Óscar y Fidel aún no termina. Si bien la sentencia tiene poderosos argumentos, todavía no podemos decir que hay un final feliz.

  1. Defensor del Pueblo a favor de la Unión Civil

El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, dijo hoy en Canal N que estaba de acuerdo con la Unión Civil aunque evitó hablar sobre la sentencia porque, argumentó, no la había leído.

Estos fueron los tres apuntes del Defensor:

“La Sunarp ya en su oportunidad validó el matrimonio de dos extranjeros que compraron una propiedad en el Perú. Ya hay un precedente de carácter administrativo, no judicial”.

“En segundo lugar, la Defensoría del Pueblo se ha pronunciado en un informe en el que considera que la Unión Civil es un proyecto que está en el marco constitucional basado en el derecho de igualdad”.

“En tercer lugar, sobre esta sentencia yo no he leído el documento; pero le adelanto mi opinión sobre la Unión Civil, yo estoy completamente de acuerdo con la Unión Civil”.

  1. Reniec apelará

El gerente de Imagen Institucional del Reniec, Benito Portocarrero, indicó que la entidad apelará la sentencia del Poder Judicial.

Estos son los argumentos del Reniec para apelar la sentencia:

“Nuestro código civil, que efectivamente es del año 1984, dice a la letra que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre varón y mujer legalmente aptos y el Reniec se rige por ese código”.

“Con ese código el matrimonio no es posible. En ese caso, el juzgado ha tomado en cuenta otras consideraciones posteriores al Código Civil. Nosotros vamos a apelar e irá a otra instancia. Y si oootra instancia superior insiste en el tema, el Reniec no tiene ningún problema en acatar lo que diga el juez”.

“Lo único que estamos haciendo es basándonos en la formalidad. El Reniec no puede hacer otra cosa que apelar. Está más allá que nuestra voluntad. El procedimiento legal es así y así lo vamos a cumplir”.

“Si no lo hacemos, habría observaciones de control interno para preguntarnos por qué no cumplimos con nuestra función”.

Y aquí empieza lo mejor:

“Solamente el señor Ugarteche y el señor Aroche han comenzado este litigio que abriría una puerta para el resto”.

Sorprendentemente, el periodista Raúl Vargas también se mostró entusiasmado con la sentencia e intervino en la entrevista con este comentario:

“Bueno, es oportuno para que se revise la normativa y se actualice”.

A lo que Benito Portocarrero contestó:

“Eso. Yo creo que hay que felicitar lo que se avance. Esto es como hace muchos años con el voto a la mujer. Todo camina hacia eso [la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo] pero por lo pronto tenemos que seguir los procedimientos actuales. Sin desmerecer el coraje de las personas que están en esta lucha”.

  1. Pero, ¿cómo es eso de que el Reniec debe apelar por sus normas internas?

Lo que sucede es que quien apela es la Procuraduría asignada a esa entidad. La Procuraduría del Reniec, como todas, depende del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, y las reglas internas para todas es que, en cada uno de los procesos, deben apelar en primera instancia.

De lo contrario, el procurador a cargo tendría que ser sometido a proceso en el Consejo de Defensa Jurídica. Por esa razón es que el Reniec debe apelar. La pelota, en realidad, está en la cancha de la Corte Superior de Justicia de Lima.

  1. Si la Corte falla en contra…

Este punto es solo un supuesto, colocándonos en el peor de los escenarios.

El caso de Ugarteche-Aroche y el Reniec, después de la apelación, será visto por la Corte Superior de Justicia de Lima, que es la segunda instancia antes de la definitiva en el Perú. Si esta instancia le dice NO a la acción de amparo (así se llama la demanda interpuesta) del fundador del Mhol, el caso también sería apelado y se elevaría una instancia más que no es la Corte Suprema de Justicia

Tribunal Constitucional

¿Por qué al TC y no a la Suprema?

Porque se trata de un caso de corte constitucional.

¿Si en el extremo le vuelven a negar el derecho a Ugarteche y a su esposo?

Todo se tendría que llevar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Ya en instancias internacionales la Corte IDH tendrá que decidir.

Todo este proceso (a partir de una supuesta negación del TC) tiene una duración aproximada de cuatro a seis años.

Dato:

Si bien las personas LGTB vienen reclamando por sus derechos desde hace casi tres décadas sin lograr que el Congreso legisle a su favor, son las entidades de justicia y derechos humanos las que acaban de encender una luz de esperanza después de tan larga espera.