Primó el principio de autoridad
Denuncia contra Maynas es improcedente
Tal decisión obedece al art. 194 del C. P. E, que expresa: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local; quienes tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
La Segunda Fiscalía Provincial Especializada de Prevención del Delito, que despacha, Marco Pinedo Rojas, declaró improcedente la denuncia presentada por Julio Ramón Valdez Guerrero, en su calidad de presidente de la Asociación de Vendedores Independientes de la Feria Navideña, contra la Alcaldesa Provincial de Maynas, Adela Jiménez Mera y contra el Gerente General, Manuel Noriega Tello, quienes fueron denunciados por los presuntos delitos de abuso de autoridad, discriminación y libertad de trabajo.
El titular del Ministerio Público, exhorta a todos los comerciantes informales que pretenden establecerse en las cuadras 8, 9 y 10 del jirón Próspero, cuadras 2 y 3 de 9 de Diciembre, así como las cuadras 1 y 2 de la calle García Sáenz, para que cumplan con lo dispuesto por la Municipalidad Provincial de Maynas, bajo responsabilidad penal y civil, en caso de realizar cualquier tipo de desmanes o posibles delitos que atenten contra el orden público.