[MENORES INFRACTORES].

 Menores infractores
Menores infractores

De acuerdo con manual normativo aprobado por el CEPJ, adolescentes recibirán tratamiento diferencial y personalizado.

 Los jueces podrán disponer que aquellos adolescentes que cometan infracciones penales leves cumplan con medidas de resocialización sin reclusión, a través de   centros juveniles abiertos como el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA) que maneja el Poder Judicial.

Esto será posible en virtud de la aprobación por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) de un manual normativo que establece y unifica los criterios que tendrán que evaluar los magistrados en caso de infractores primarios o que hayan cometido faltas leves.

El espíritu de la medida es que se apliquen programas socioeducativos que coadyuven a la efectiva rehabilitación del infractor, sin necesidad de ser internados en centros de régimen cerrado como Maranguita, que muchas veces genera impactos adversos en su desarrollo psicosocial.

Bajo el modelo abierto de resocialización, los adolescentes infractores cumplirán con sus actividades socioeducativas mediante el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), en donde, además, se les brindará un tratamiento diferencial y personalizado de acuerdo con sus necesidades y perfil de riesgo criminógeno.

El “Manual de Normas de Procedimientos para la Ejecución de Medidas Socioeducativas para la Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal en los Centros Juveniles de Medio Abierto”, establece cuatro programas de tratamiento: para delitos violentos, para delitos sexuales, de salud mental y de madres.

Asimismo, define cuatro programas de formación para los menores: de educación para la salud, de hábitos básicos y habilidades domésticas, de alfabetización y de educación técnico-productiva.