DE NINGÚN CENTRO DE SALUD

Según el Ministerio Público, se recibió llamada del Director del Hospital Naval, quien refirió que se constituyó a la empresa “Tau Oxígeno” solicitando recarga de cinco balones de oxígeno. Sin embargo, la propietaria del lugar se negó a realizar dicha recarga, aduciendo que debe realizarlo solo a exclusividad del Hospital Regional de Loreto.

En ese sentido, la fiscal de Prevención del Delito, con la finalidad de prevenir el delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo entre otros, procedió a comunicarse con el representante de la empresa antes mencionada, quien refirió que el comentario no se ajusta a la verdad, precisando que su empresa abastece a diferentes establecimientos de Salud, incluidos a las fuerzas armadas.

Señalando además, que debido al desabastecimiento de oxígeno, se ha tenido que disminuir la venta a los establecimientos de salud.Inclusive refirió, que se procedería a entregar oxígeno en calidad de donación al Hospital Naval.

Al finalizar la comunicación, la fiscal exhortó a la propietaria de la empresa “Tau Oxígeno”, que la distribución o la venta de oxígeno no sea de exclusividad de ningún centro de salud pública y privada, por que de hacerlo le hace responsable del delito antes referido.