Mediante Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
La Resolución Administrativa 501-2019-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de enero de 2020.
En lo que compete a esta jurisdicción judicial, señala en la página 8, que la Corte Superior de Justicia de Loreto cuenta únicamente con la Sala Civil Permanente, para atender a todo el Distrito Judicial de Loreto los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, abarcando esta última especialidad lo correspondiente a la liquidación de procesos con la Ley N° 26636.
Así como el trámite de los procesos laborales con la Nueva Ley Procesal del Trabajo y los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).
Al mes de octubre 2019 dicha Sala Civil registró una carga inicial de 1,890 expedientes e ingresos de 2,772 expedientes, lo cual sumó una carga procesal de 4,662 expedientes, de la cual resolvió 1,627 expedientes, cifra que representó un avance 116%.
Sin embargo, registró una carga pendiente de 3,035 expedientes, cifra que supera la carga máxima de 2,380 expedientes que puede tener una Sala Civil Mixta.
Asimismo, informa que del total de expedientes que registra como carga pendiente, un total de 2,252 expedientes corresponden a procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y 512 expedientes corresponden a la especialidad civil.
Es la razón por la cual resulta necesario que dicha Sala Civil cuente con el apoyo de un órgano jurisdiccional transitorio que apoye en la descarga procesal, sobre todo en los procesos correspondientes a la referida subespecialidad laboral.
Razón por la cual, recomendó convertir y reubicar la Sala Penal Liquidadora Transitoria de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, como Sala Civil Transitoria de Iquitos de la Corte Superior de Justicia de Loreto, para que tramite con turno cerrado los procesos civiles y los procesos laborales de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional.
También en la página 14 de la Resolución Administrativa 501-2019-CE-PJ, que manda prorrogar el funcionamiento de varios órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de enero 2020, se refiere a la jurisdicción de Loreto.
Señala que la Sala Civil Permanente de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remita de manera aleatoria a la Sala Civil Transitoria de Maynas como máximo 1,900 expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional.
Además 100 expedientes de la especialidad civil, considerando aquellos expedientes que al 31 de enero de 2020 no tengan programada vista de causa; así como aquellos expedientes que tengan vista de causa programada con fecha posterior al 30 de abril de 2020.
La Resolución Administrativa en referencia firmada por el presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, José Lecaros Cornejo, fue hecha de conocimiento mediante Oficio N°19553-2019-CE-PJ, al presidente de la Corte de Loreto, Javier Sologuren Anchante.