El supremo tribunal electoral podrá pronunciarse sobre apelaciones, en última instancia, hasta el 27 de este mes

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó que los 26 Jurados Electorales Especiales (JEE), encargados de calificar e inscribir a los candidatos para las Elecciones Congresales 2020, deberán resolver hasta el próximo  viernes 20 de diciembre los casos de tachas y exclusiones de los postulantes.

Mediante Acuerdo, se estableció tal fecha límite para que los JEE emitan pronunciamiento, en primera instancia, respecto de los expedientes de dichas causas que cuenten con suficientes elementos probatorios y de convicción que ameriten la expedición de resoluciones sobre el fondo.

Se dispuso, asimismo, que las apelaciones concedidas contra lo resuelto por los JEE en esta materia sean elevadas en el día, a fin de que el Pleno del JNE pueda programar las audiencias correspondientes y resolver en última instancia, hasta el 27 de este mes, conforme al cronograma electoral aprobado para este proceso.

El supremo tribunal electoral también habilitó los días sábado 21 y domingo 22 para que el JNE y los JEE realicen notificaciones, reciban escritos y recursos y otras actuaciones procesales, a fin de cumplir con el plazo señalado.

En los considerandos del Acuerdo, se señala que los JEE se encuentran tramitando, de oficio, los procedimientos de exclusión a fin de determinar las candidaturas que deberán ser apartadas del proceso electoral por alguna de las causales precisadas en la normativa, como omisión de información o falsedad en sus hojas de vida y entrega de dádivas.

En ese contexto, el organismo rector del sistema electoral aclaró que las resoluciones de exclusión emitidas por los JEE, que al 27 de diciembre no hayan adquirido firmeza, seguirán el trámite correspondiente de remisión al Ministerio Público, de ser el caso.

Igualmente, precisó que  después de esa fecha, el JNE y los JEE solo podrán disponer la exclusión de un candidato hasta un día antes de la elección por casos de resolución judicial de interdicción; sentencia con pena privativa de la libertad; o por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos, causales previstas en el artículo 33 de la Constitución Política del Perú.