[Antonio Pasquel sobre sanción y afirma que denunciará penalmente].
Pasquel Ruíz manifestó que en su momento se levantó las observaciones y nunca se respondió adecuadamente porque el proceso administrativo ha sido una barbaridad legal. “Rodil Tello cree que con resoluciones de este tipo va a curar sus heridas”, dijo el actual integrante de SUNEDU.
El exrector de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, Antonio Pasquel Ruíz, manifestó que el proceso administrativo que determinó su sanción “ha sido una barbaridad legal, pues si me van a procesar lo normal es que se constituya una Comisión de rango del investigado, eso hice con Herman Collazos Saldaña cuando la Contraloría ordenó abrir proceso y a él se sancionó por unos días. En esa oportunidad se formó una Comisión de rectores y exrectores de diversas universidades mientras que la Comisión que formó Rodil Tello ha sido presidida por un docente que no tiene la categoría ni siquiera de principal”.
“El rector Rodil Tello cree que con esto me va a sacar de SUNEDU y actúa de mala forma porque esté o no en el cargo actual que ocupo, el rector de la UNAP tendrá que dejar el cargo dentro de tres días. Sucede que en el esquema mental de ellos creen que uno hace las cosas siempre por lo bajo y Rodil Tello deberá entender que en Iquitos o Loreto la UNAP tiene su importancia pero en el escenario nacional no. Yo iniciaré un proceso penal contra Rodil Tello porque ya me cansé de esta situación”, dijo.
El actual rector de la UNAP, Rodil Tello, firmó hace algunos días una resolución donde se destituye “a don Antonio Pasquel Ruíz,como funcionario de la Universidad Nacional de la
Amazonia Peruana (…) por haber incurrido en falta de carácter disciplinario (…) e inhabilita para ejercer cargo público y no podrá reingresar al servicio público durante el término de cinco (O5) años, contados desde la emisión de la presente decisión”. La resolución establece que se inscribirá al mencionado exrector “en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD) la sanción de destitución del administrado, debiendo comunicar además a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencta del Consejo de Ministros, los datos de identificación del funcionario sancionado.”