Antero Flores Araoz

Ex ministro de Defensa, Flores-Aráoz:

Antero Flores Araoz

El exministro de Defensa, Antero Flores-Aráoz, dijo que es importante citar de manera reservada a los máximos mandos de las Fuerzas Armadas, para emitir una opinión técnica respecto a si el Acuerdo de Escazú daña o no la soberanía nacional.

Flores-Aráoz señaló que, si bien las Fuerzas Armadas no son deliberantes, debería existir una norma de desarrollo constitucional que les permita emitir opiniones técnicas, muy aparte de las emitidas por el titular de Defensa, dijo el ex parlamentario ante la comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República.

“No debe aprobarse (el Acuerdo de Escazú). Todos estamos de acuerdo que debemos proteger el medio ambiente. La Constitución ya refiere ese derecho. Tenemos un Ministerio de Medio Ambiente e institutos adscritos a este, entidades fiscalizadoras, además de reconocer, a través del Acuerdo Nacional, la protección del medio ambiente como una política de Estado”, puntualizó.

1 COMENTARIO

  1. FALSO, LA CONSTITUCIPÓN NEOLIBERAL DEL 93 BORRA TEXTUALMENTE, EL DERECHO A TENER UN AMBIENTE SALUDABLE.

    Por Rolando Cárdenas Quispe
    Personero Legal SALVEMOS LA PATRIA.

    La Constitución de 1979, en su Título III, referido al Régimen Económico, en el Capítulo II, De los Recursos Naturales, establecía en el Artículo 123:­
    «Todos tienen el DERECHO DE HABITAR EN AMBIENTE SALUDABLE, ECOLÓGICAMENTE equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente. ES OBLIGACIÓN DEL ESTADO PREVENIR Y CONTROLAR LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL.
    Pero, en la del 93, lo encontramos en el Título I, De la Persona y la Sociedad, en el Capítulo I, Derechos Fundamentales de la Persona, establece en el Artículo 2:­
    «22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. »

    Entonces, ¿Dónde quedó el Derecho de HABITAR EN UN AMBIENTE SALUDABLE?

    Ya no hay esa posibilitar porque todos ahora, pueden contaminar, ya no es obligación del Estado PREVENIR Y CONTROLAR; simplemente se flexibilizó para cubrir de manera discrecional los intereses que esta gente defiende y que el Acuerdo de Escazú reivindica en su Artículo 4 Disposiciones generales:
    «1. Cada Parte garantizará el derecho de toda persona a vivir en un medio AMBIENTE SANO, así como cualquier otro derecho humano universalmente reconocido que esté relacionado con el presente Acuerdo.»
    ¿Cuál es la soberanía afectada? Será la soberanía de sus grandes clientes a seguir contaminando sin restricción alguna constitucionalmente.

    Continua:
    «3. Cada Parte adoptará todas las medidas necesarias, de naturaleza legislativa, reglamentaria, administrativa u otra, en el marco de sus disposiciones internas, para garantizar la implementación del presente Acuerdo.»

    Es decir, obliga al Congreso y a los sectores ajustar toda la normativa a garantizar la salud de las personas.

    ¿En que más afecta a los intereses de las grandes corporaciones?

    Respecto al Artículo 8, Acceso a la justicia en asuntos ambientales, numeral 3:
    «e) medidas para facilitar la producción de la prueba del daño ambiental, cuando corresponda y sea aplicable, como la INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA y la carga dinámica de la prueba;»

    Es decir, ya no habrá excusas para que la empresa contaminante pida que el sea el afectado quien tenga que demostrar de manera onerosa el daño a su salud producido por la contaminación de la corporación, sino, la inversión de la prueba, es que sea la corporación quien tenga que demostrar que no daña, ante la queja o demanda del afectado. Esto no está establecido en nuestro Código Civil y en norma sectorial alguna a favor de las industrias contaminantes ante la impotencia de los afectados que por lo general también afectan a comunidades nativas y campesinas.

    Por esta razón o otras más, es el temor que se aprueba en el Congreso, este Acuerdo que tendría rango Constitucional, a favor del lado del público y no de las industrias.

    De allí la desesperación de estos notables del lobby para influir en los legisladores poco informados y en la población que se auto lesione de esta gran oportunidad de devolver derechos que nunca debieron borrarse constitucionalmente.

    ¡SÍ A ESCAZÚ, CARAJO!

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