Sala de Apelaciones de la Corte de Justicia de Loreto

Sala Penal de Apelaciones de la CSJL.

Será administrada provisionalmente por Diego Trigueros hasta que se resuelva proceso judicial.

Luego de varios años de librar un proceso judicial por la administración de la empresa ARGPER SA de propiedad de Sergio Fontanella Bobo, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto integrada por Del Piélago Cárdenas , Cajamarca Porras y Carrión Ramírez, impartiendo justicia a nombre del pueblo peruano mediante resolución número nueve del 23 de agosto del 2017 resolvió  declarar infundada la apelación hecha por el imputado Daniel Eduardo Yabbur contra la medida cautelar preventiva de primera instancia dada con la resolución No. Uno del diez de Julio del 2017, y la confirma en todos sus extremos.

Este proceso judicial se llevó con el expediente No. 01685-2016-94-1903-JR-PE-01 contra Daniel Eduardo Yabbur y otros por el delito de administración fraudulenta y otros.

La resolución sobre los elementos de convicción en su punto sexto dice que la defensa técnica Daniel Eduardo Yabbur acepta que su patrocinado ante la sala penal liquidadora de la Corte de Justicia de Lima  declaró que vendió sus acciones en la empresa ARGPER SA en junio del 2008 quedándose solo con el 1% y que esta venta está en el libro de matrícula de acciones y que no existe ningún documento que contradiga lo contrario y tampoco se cuestiona la autenticidad de las copias certificadas del referido proceso.

Además en su conclusión el tribunal encuentra que si existen elementos de convicción de la comisión del delito y la vinculación con la empresa naviera ARGPER SA. En el punto octavo el tribunal encuentra que los elementos de convicción aportados permiten establecer que la continuación de Eduardo Yabbur en el cargo de gerente general de la empresa naviera ARGPER SA pone en grave riesgo la estabilidad económica de la misma.

Además se indica que Eduardo Yabbur reconoce que en su condición de gerente general ha celebrado hasta tres contratos de compraventa transfiriendo los bienes inmuebles de la empresa y afectando el patrimonio de la misma. Además en la administración del imputado Yabbur no ha negado la deuda existente con la SUNAT, entre otros. También que hizo falsos acuerdos societarios , los mismos que al tratar de ser inscritos han sido observados y tachados por los registros Públicos y los notarios que fueron sorprendidos, y que inclusive se han falsificado los libros de la empresa.

Es decir la administración provisional asumida por el ciudadano Diego Antonio Trigueros Salas será hasta que el proceso penal que se instaura en el presente caso, concluya a través de una resolución judicial o sentencia. (W. Gil)